Velilla de San Antonio (BOCM-20230707-72)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 316
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 160
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
VELILLA DE SAN ANTONIO
Por resolución de la Alcaldía de fecha 21 de junio de 2023, se delegaba en la concejala
doña Cristina Cerquera Jiménez, el ejercicio de la competencia relativa a la aprobación de los
contratos menores, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
«Dado que, a tenor de lo establecido en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la tramitación de los contratos menores exige la adjudicación y la
aprobación del gasto.
Visto que actualmente la competencia para la aprobación de los contratos menores está
delegada en cada uno de los concejales, de acuerdo al Decreto de Delegación de Competencias, de 20 de junio de 2023, número 2023-2163.
Teniendo en cuenta que debe reconocerse la obligación del gasto para los contratos
menores, cuya competencia recae en doña Cristina Cerquera Jiménez, concejala-delegada
de Hacienda, de acuerdo al decreto número 2023-2163, a saber:
“… Área de Hacienda y contratación.
Impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto:
— Asunción de las tareas propias de la tesorería-recaudación.
— Seguimiento de la ejecución presupuestaria.
— Seguimiento y control de la contratación.
— Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
.../...
Quinto.—La delegación general de competencias a favor de los citados concejales, a
la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección del
área correspondiente, como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite
o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la
ejecución de la citada delegación, así como la potestad sancionadora en el ámbito de la delegación”.
Desde esa perspectiva, y con el fin de aplicar criterios de eficiencia administrativa, se
resolverá en un mismo trámite, en primer lugar, la adjudicación del contrato menor y en segundo lugar, la aprobación del gasto, es decir, el reconocimiento de la obligación “O” de
forma individual o conjuntamente con las fases previas “ADO”. Se hace necesario, por tanto, unificar las competencias en un solo órgano que, en este caso, será la Concejalía de Hacienda, es por lo que decreto:
Primero.—Delegar la competencia de aprobación de los contratos menores en favor de
la Concejalía de Economía y Hacienda y que comportará su gestión, así como la firma de
cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los
decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.
Segundo.—En consecuencia, la delegación de competencias efectuada por el decreto
número 2023-2163, no comprendería la adjudicación y aprobación de los contratos menores, correspondientes a cada área delegada.
Tercero.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.
Cuarto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.
Quinto.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38
y 46 del ROFCL».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
BOCM-20230707-72
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 160
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
VELILLA DE SAN ANTONIO
Por resolución de la Alcaldía de fecha 21 de junio de 2023, se delegaba en la concejala
doña Cristina Cerquera Jiménez, el ejercicio de la competencia relativa a la aprobación de los
contratos menores, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
«Dado que, a tenor de lo establecido en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la tramitación de los contratos menores exige la adjudicación y la
aprobación del gasto.
Visto que actualmente la competencia para la aprobación de los contratos menores está
delegada en cada uno de los concejales, de acuerdo al Decreto de Delegación de Competencias, de 20 de junio de 2023, número 2023-2163.
Teniendo en cuenta que debe reconocerse la obligación del gasto para los contratos
menores, cuya competencia recae en doña Cristina Cerquera Jiménez, concejala-delegada
de Hacienda, de acuerdo al decreto número 2023-2163, a saber:
“… Área de Hacienda y contratación.
Impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto:
— Asunción de las tareas propias de la tesorería-recaudación.
— Seguimiento de la ejecución presupuestaria.
— Seguimiento y control de la contratación.
— Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
.../...
Quinto.—La delegación general de competencias a favor de los citados concejales, a
la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección del
área correspondiente, como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite
o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la
ejecución de la citada delegación, así como la potestad sancionadora en el ámbito de la delegación”.
Desde esa perspectiva, y con el fin de aplicar criterios de eficiencia administrativa, se
resolverá en un mismo trámite, en primer lugar, la adjudicación del contrato menor y en segundo lugar, la aprobación del gasto, es decir, el reconocimiento de la obligación “O” de
forma individual o conjuntamente con las fases previas “ADO”. Se hace necesario, por tanto, unificar las competencias en un solo órgano que, en este caso, será la Concejalía de Hacienda, es por lo que decreto:
Primero.—Delegar la competencia de aprobación de los contratos menores en favor de
la Concejalía de Economía y Hacienda y que comportará su gestión, así como la firma de
cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los
decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.
Segundo.—En consecuencia, la delegación de competencias efectuada por el decreto
número 2023-2163, no comprendería la adjudicación y aprobación de los contratos menores, correspondientes a cada área delegada.
Tercero.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.
Cuarto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.
Quinto.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38
y 46 del ROFCL».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
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