D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230707-20)
Convenio – Adenda de 20 de junio de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina
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BOCM
Pág. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 160
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
20
ADENDA de 20 de junio de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio
Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, en funciones, D. Enrique Ruiz Escudero, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada
por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, D. Fernando Prados Roa, nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999,
de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud
y el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas competencias, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, Dña. Otilia de la Fuente Domínguez, en nombre y representación de la Universidad Europea de Madrid, en su condición de representante persona física del Administrador Único, conforme se establece en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada por Universidad Europea de Madrid, S. A, de fecha 25 de noviembre
de 2022 ante el Ilustre Notario de Madrid D. Andrés Domínguez Nafría bajo el número 6142 de los de su Protocolo.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230707-20
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad [artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería].
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 160
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
20
ADENDA de 20 de junio de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio
Madrileño de Salud y la Universidad Europea de Madrid, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, en funciones, D. Enrique Ruiz Escudero, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada
por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, D. Fernando Prados Roa, nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999,
de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud
y el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas competencias, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, Dña. Otilia de la Fuente Domínguez, en nombre y representación de la Universidad Europea de Madrid, en su condición de representante persona física del Administrador Único, conforme se establece en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada por Universidad Europea de Madrid, S. A, de fecha 25 de noviembre
de 2022 ante el Ilustre Notario de Madrid D. Andrés Domínguez Nafría bajo el número 6142 de los de su Protocolo.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230707-20
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad [artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería].