Fuenlabrada (BOCM-20230705-79)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JULIO DE 2023
Pág. 337
El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación parcial en un porcentaje del 75 por 100.
Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:
— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de
juventud e infancia.
— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en
materia de su competencia delegada.
— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos
dictados en materia de su competencia.
Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de
la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.
Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean
objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.
Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.
Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.
Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.
2. Presidentes de las Juntas de Distrito
DECRETO 2023/3873, DE 19 DE JUNIO DE 2023; PRESIDENTA
DEL DISTRITO LORANCA, NUEVO VERSALLES Y PARQUE MIRAFLORES
A D.a RAQUEL PÉREZ ESTÉBANEZ
“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente
Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.
Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.
Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras
de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La
Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.
Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.
Considerando lo establecido por el Reglamento de funcionamiento de la Junta de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.
Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver:
Primero.—Nombrar a doña Raquel Pérez Estébanez como presidenta del Distrito Loranca, Nuevo Versalles y Parque Miraflores, con las competencias que para ello se regulan
en sus propias Normas y por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los
Distritos de Fuenlabrada:
a) Dirigir el gobierno y administración del Distrito, representando al Ayuntamiento
sin perjuicio de las facultades que correspondan al alcalde.
b) Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de las sesiones de la Junta Municipal, dirimiendo los empates con el voto de calidad.
c) Preparar el orden del día de las sesiones de la Junta, asistido por el Secretario/a del
Pleno municipal o empleado público en quien delegue.
d) Ejecutar, hacer cumplir y supervisar la realización de los acuerdos adoptados por
la Junta.
BOCM-20230705-79
DECRETO
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JULIO DE 2023
Pág. 337
El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación parcial en un porcentaje del 75 por 100.
Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:
— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de
juventud e infancia.
— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en
materia de su competencia delegada.
— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos
dictados en materia de su competencia.
Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de
la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.
Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean
objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.
Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.
Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.
Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.
2. Presidentes de las Juntas de Distrito
DECRETO 2023/3873, DE 19 DE JUNIO DE 2023; PRESIDENTA
DEL DISTRITO LORANCA, NUEVO VERSALLES Y PARQUE MIRAFLORES
A D.a RAQUEL PÉREZ ESTÉBANEZ
“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente
Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.
Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.
Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras
de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La
Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.
Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.
Considerando lo establecido por el Reglamento de funcionamiento de la Junta de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.
Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver:
Primero.—Nombrar a doña Raquel Pérez Estébanez como presidenta del Distrito Loranca, Nuevo Versalles y Parque Miraflores, con las competencias que para ello se regulan
en sus propias Normas y por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los
Distritos de Fuenlabrada:
a) Dirigir el gobierno y administración del Distrito, representando al Ayuntamiento
sin perjuicio de las facultades que correspondan al alcalde.
b) Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de las sesiones de la Junta Municipal, dirimiendo los empates con el voto de calidad.
c) Preparar el orden del día de las sesiones de la Junta, asistido por el Secretario/a del
Pleno municipal o empleado público en quien delegue.
d) Ejecutar, hacer cumplir y supervisar la realización de los acuerdos adoptados por
la Junta.
BOCM-20230705-79
DECRETO