Colmenarejo (BOCM-20230705-67)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JULIO DE 2023
Pág. 301
BOCM-20230705-67
Cuarto.—Nombrar al Tribunal calificador del proceso selectivo que estará compuesto por:
— Presidente.
• Titular: D.a Ana Jiménez Parte. Suplente: D.a Laura Benedicto Porta.
— Secretaria: con voz y sin voto.
• Titular: D.a Cristina Castelos Maceiras. Suplente: D.a Iciar Fernández Arregui.
— Vocales:
• Titular: D.a Paula Fernández Estévez. Suplente: D. Rafael Molina Sánchez.
• Titular: D. Jesús Ibáñez Carro. Suplente: Carlos Golderos Mansilla.
• Titular: D. Mariano Avis Barquilla. Suplente: D. Fernando Martín Morcillo.
• Titular: D.a Noelia Robledo Castro. Suplente: D.a M.a Isabel Gutiérrez Santos.
Contra estos nombramientos podrá promoverse recusación en los términos previstos
en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Quinto.—Disponer que contra esta resolución, pese a tener la naturaleza de acto de trámite de acuerdo con el artículo 112 de la LPAC, al tratarse de la incoación de un procedimiento de concurrencia competitiva, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
la Resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 y 124 de la LPAC.
b) Directamente contra esta Resolución se podrá interponer un recurso contencioso
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad
de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante, a lo anterior puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Sexto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Colmenarejo, a 15 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.
(02/10.625/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JULIO DE 2023
Pág. 301
BOCM-20230705-67
Cuarto.—Nombrar al Tribunal calificador del proceso selectivo que estará compuesto por:
— Presidente.
• Titular: D.a Ana Jiménez Parte. Suplente: D.a Laura Benedicto Porta.
— Secretaria: con voz y sin voto.
• Titular: D.a Cristina Castelos Maceiras. Suplente: D.a Iciar Fernández Arregui.
— Vocales:
• Titular: D.a Paula Fernández Estévez. Suplente: D. Rafael Molina Sánchez.
• Titular: D. Jesús Ibáñez Carro. Suplente: Carlos Golderos Mansilla.
• Titular: D. Mariano Avis Barquilla. Suplente: D. Fernando Martín Morcillo.
• Titular: D.a Noelia Robledo Castro. Suplente: D.a M.a Isabel Gutiérrez Santos.
Contra estos nombramientos podrá promoverse recusación en los términos previstos
en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Quinto.—Disponer que contra esta resolución, pese a tener la naturaleza de acto de trámite de acuerdo con el artículo 112 de la LPAC, al tratarse de la incoación de un procedimiento de concurrencia competitiva, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
la Resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 y 124 de la LPAC.
b) Directamente contra esta Resolución se podrá interponer un recurso contencioso
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad
de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante, a lo anterior puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Sexto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Colmenarejo, a 15 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.
(02/10.625/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791