C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230704-23)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden 265/2023, de 16 de junio, de la Consejería de Administración Local y Digitalización por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 157

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
23

ORDEN 265/2023, de 16 de junio, de la Consejería de Administración Local y
Digitalización por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de
menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2023.

Mediante Acuerdo de 24 de mayo de 2023 del Consejo de Gobierno, se aprobaron las
normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones en especie
destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
de Madrid, en que se establece que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social,
económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria
pública.
En el artículo 2.1 de las citadas normas reguladoras, se establece que, mediante orden
del consejero con competencias en materia de administración local, que se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declarará el importe de los créditos
presupuestarios disponibles conforme al artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con la citada ley corresponde al órgano concedente de las ayudas publicar
la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de
gasto que corresponda.
De conformidad con el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y
Digitalización, en su artículo 1 determina que la Consejería de Administración Local y Digitalización es el departamento de la administración encargada de la propuesta y ejecución
de la política del Gobierno en las materias de Administración Local, estableciendo que el
titular de la Consejería de Administración Local y Digitalización ejerce, entre otras, las
competencias que le atribuye el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones en vigor en el
ámbito material de administración local y desarrollo local, en concreto en el artículo 6.1.e)
del citado Decreto 198/2021 dispone que corresponde a la Dirección General de Reequilibrio Territorial, entre otras funciones, el establecimiento y la regulación de los instrumentos de cooperación con las entidades locales.
En base a lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al
Consejero de Administración Local y Digitalización la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda,

Primero
Declaración del crédito presupuestario disponible para 2023
Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para el ejercicio 2023 para
atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid por

BOCM-20230704-23

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