D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230704-42)
Convenio – Adenda de 19 de junio de 2020, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina en centros de atención primaria
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 157
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
42
ADENDA de 19 de junio de 2020, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio
Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la enseñanza clínica
práctica en el grado de Medicina en centros de atención primaria.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, en funciones, D. Enrique Ruiz Escudero, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada
por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, D. Fernando Prados Roa,
nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la ley estatal 4/1999, de 13 de
enero, y el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 9 de
mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que
se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas competencias, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo-CEU en su junta de 13 de julio de 2019,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad
San Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230704-42
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad (artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 157
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
42
ADENDA de 19 de junio de 2020, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio
Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la enseñanza clínica
práctica en el grado de Medicina en centros de atención primaria.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, en funciones, D. Enrique Ruiz Escudero, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada
por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, D. Fernando Prados Roa,
nombrado por Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la ley estatal 4/1999, de 13 de
enero, y el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 9 de
mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que
se delegan en el titular de esa Viceconsejería determinadas competencias, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo-CEU en su junta de 13 de julio de 2019,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad
San Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20230704-42
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad (artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).