Miraflores de la Sierra (BOCM-20230630-96)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023

Pág. 357

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
96

MIRAFLORES DE LA SIERRA
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20230630-96

Por resolución de Alcaldía número 2023/829, de 11 de mayo de 2023, se han aprobado las bases específicas que regirán el proceso selectivo para cubrir 1 plaza de Técnico de
Administración General del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, con carácter de funcionario de carrera perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase A1 (expediente electrónico 1400/2023) mediante el sistema de oposición/turno libre. Las bases de dicho procedimiento se encuentran expuestas íntegramente en el tablón
de anuncios y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento.
https://mirafloresdelasierra.sedelectronica.es/board/9753e838-f59b-11de-b600-00237da12c6a/
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de veinte días hábiles, a
contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime pertinente.
En Miraflores de la Sierra, a 23 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente, Luis
Guadalix Calvo.
(02/8.916/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791