Chinchón (BOCM-20230628-44)
Régimen económico. Ordenanza tasa utilización instalaciones deportivas
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 145
BOCM-20230628-44
2) Artículo 5:
Consultado el Interventor municipal, dado que no se trata de una ordenanza fiscal, se
propone modificar el título de este apartado.
Donde dice:
“Artículo 5. Beneficios fiscales”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 5. Bonificaciones y descuentos.
Así mismo se propone añadir los siguientes apartados:
3. Para poder aplicar el descuento de 2.o hermano (5 por 100) y familia numerosa
(50 por 100) imprescindible presentar Libro de Familia.
4. Para poder aplicar el descuento joven es necesario presentar DNI del menor y/o
Libro de Familia. Este descuento será aplicable a las personas con edades comprendidas entre 12 y 20 años, ambos inclusos (5 por 100).
5. Los descuentos no son acumulables.
3) Artículo 6:
Donde dice:
“Artículo 6. Cobro”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 6. Obligado al pago.
4) Artículo 7:
Donde dice:
“Artículo 7. Periodo impositivo.
1. Los precios se exigirán en régimen de autoliquidación”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 7. Cobro.
1. Los precios se exigirán conforme a tarifas indicadas en el artículo 4.
Visto que no se han producido alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el
acuerdo hasta entonces provisional y la ordenanza entrará en vigor a los quince días, a contar
desde el día siguiente a su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases del Régimen Local.
Chinchón, a 16 de junio de 2023.—El alcalde, Francisco Javier Martínez Mayor.
(03/10.657/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 145
BOCM-20230628-44
2) Artículo 5:
Consultado el Interventor municipal, dado que no se trata de una ordenanza fiscal, se
propone modificar el título de este apartado.
Donde dice:
“Artículo 5. Beneficios fiscales”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 5. Bonificaciones y descuentos.
Así mismo se propone añadir los siguientes apartados:
3. Para poder aplicar el descuento de 2.o hermano (5 por 100) y familia numerosa
(50 por 100) imprescindible presentar Libro de Familia.
4. Para poder aplicar el descuento joven es necesario presentar DNI del menor y/o
Libro de Familia. Este descuento será aplicable a las personas con edades comprendidas entre 12 y 20 años, ambos inclusos (5 por 100).
5. Los descuentos no son acumulables.
3) Artículo 6:
Donde dice:
“Artículo 6. Cobro”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 6. Obligado al pago.
4) Artículo 7:
Donde dice:
“Artículo 7. Periodo impositivo.
1. Los precios se exigirán en régimen de autoliquidación”.
Se propone la siguiente modificación, debiendo poner:
Artículo 7. Cobro.
1. Los precios se exigirán conforme a tarifas indicadas en el artículo 4.
Visto que no se han producido alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el
acuerdo hasta entonces provisional y la ordenanza entrará en vigor a los quince días, a contar
desde el día siguiente a su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases del Régimen Local.
Chinchón, a 16 de junio de 2023.—El alcalde, Francisco Javier Martínez Mayor.
(03/10.657/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791