D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230628-18)
Convenio –  Publicación del convenio-subvención de 13 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para la formación en competencias digitales para el emprendimiento, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 152

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto instrumentar una subvención directa a la entidad
Plena Inclusión Madrid con la finalidad de desarrollar actuaciones de formación en programas de capacitación digital a mujeres, preferentemente con discapacidad intelectual y/o del
desarrollo, así como aquellas que formen parte de su núcleo familiar directo, para mejorar
sus oportunidades laborales e impulsar el emprendimiento de la Comunidad de Madrid, según
lo dispuesto en el Componente 19, Inversión 3 “Competencias digitales para el empleo” del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en el marco de lo previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley, 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid.
Segunda
Para el desarrollo del objeto del presente Convenio la entidad beneficiaria llevará a
cabo actuaciones de formación no formal, en competencias digitales, con el fin de capacitar a 1.000 mujeres, que preferentemente serán mujeres con discapacidad intelectual y/o del
desarrollo, y mujeres que formen parte de su núcleo familiar directo, residentes en la Comunidad de Madrid.
Tendrán la consideración de mujeres con discapacidad intelectual y/o del desarrollo,
aquellas que tengan reconocida oficialmente una discapacidad intelectual y/o del desarrollo, en grado igual o superior al 33 por 100.
Dicha circunstancia se justificará mediante dictamen o certificado oficial vigente, expedido por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales (INSERSO) u otro órgano competente para emitir dicha documentación.
A los efectos de este convenio, se consideran mujeres que forman parte del núcleo familiar, aquellas que tengan una vinculación de consanguineidad de primer grado con una
mujer que tenga reconocida oficialmente una discapacidad intelectual y/o del desarrollo en
grado igual o superior al 33 por 100.
Igualmente se consideran mujeres que forman parte del núcleo familiar, aquellas que realicen alguna medida de apoyo de la capacidad jurídica de las establecidas en el artículo 250 del
Código Civil, para asistir a una mujer que tenga reconocida oficialmente una discapacidad
intelectual y/o del desarrollo, en grado igual o superior al 33 por 100.
Podrán realizar las acciones formativas aquellas mujeres desempleadas u ocupadas,
con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en grado igual o superior al 33 por 100 y
aquellas que formen parte de su núcleo familiar.
Dentro de las destinatarias de las acciones formativas, tendrán prioridad para su realización, aquellas mujeres residentes en el entorno rural.
Tendrán la consideración de entorno rural, aquellos municipios de la Comunidad de
Madrid, con menos de 30.000 habitantes.
Estas actuaciones se encuentran incardinadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 19, Inversión 3, en el proyecto dirigido a personas empleadas y desempleadas, en concreto, en la formación para el empleo en el ámbito
laboral dirigida a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia,
de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional
de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social,
siendo el colectivo objetivo de la inversión empleadas y desempleadas en general, con énfasis en trabajadoras afectadas por desempleo tecnológico, dado que las acciones formativas contempladas en este convenio, están enfocadas a dotar a las mujeres con discapacidad
intelectual y/o del desarrollo y a aquellas que formen parte de su núcleo familiar, de las
competencias digitales suficientes para que puedan conseguir un empleo por cuenta ajena
o para poner en marcha su propia oportunidad de autoempleo en el marco del emprendimiento.

BOCM-20230628-18

Actuaciones