D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230628-11)
Convenio – Convenio de 26 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, por importe de 24.891 euros, para financiar la impartición de cursos de formación del profesorado durante el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 41
fondos públicos de la Comunidad de Madrid y de la formación del profesorado de colegios
concertados cuya titularidad se coordina directamente desde dichas delegaciones diocesanas, que incluirá acciones formativas durante el período comprendido entre el 1 de enero y
el 30 de octubre de 2023. Estas acciones formativas a impartir serán las incluidas en el Plan
Anual de Formación aprobado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, incorporado al presente convenio en forma de Anexo I.
Segunda
Beneficiarios
El beneficiario de la presente subvención es la Provincia Eclesiástica de Madrid, que
actuará a través de sus Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de Getafe, Alcalá de Henares y Madrid.
Las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza serán las interlocutoras con la Dirección
General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza en todo lo relativo a la gestión del plan
de formación, justificación de los fondos recibidos y cuantas incidencias puedan surgir en
el desarrollo del presente convenio.
Tercera
Cuantía de la subvención
Las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de la Provincia Eclesiástica de Madrid gestionarán, para el año 2023, una aportación económica total de 24.891 euros en acciones formativas incluidas en el Plan Anual de Formación, que se recoge como Anexo I del presente
convenio, aprobado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Dicha cantidad se abonará con cargo al subconcepto 48038 “Provincia eclesiástica de
Madrid: Delegación Diocesana de Enseñanza” del Programa 322O “Calidad de la enseñanza” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogados para 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre,
por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los
presupuestos generales para 2023.
Y se librará a nombre de la Provincia Eclesiástica de Madrid, que distribuirá las siguientes cantidades a cada Delegación Diocesana:
— Delegación Diocesana de Getafe: 8.297 euros.
— Delegación Diocesana de Alcalá de Henares: 8.297 euros.
— Delegación Diocesana de Madrid: 8.297 euros.
Con cargo a la cantidad establecida en la presente cláusula se financiarán los costes directamente imputables a las acciones formativas previstas en el plan de formación de cada
uno de los beneficiarios, que se incluyen en el Anexo I.
Cuarta
Esta ayuda es incompatible con subvenciones que, para el mismo objeto, conceda la
propia Comunidad de Madrid, otras Administraciones públicas, otros entes públicos o privados o particulares nacionales e internacionales.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso,
la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, y, en consecuencia, con lo anterior, conforme a lo dispuesto
en el artículo 8.d) de la citada Ley, las Delegaciones Diocesanas firmantes deberán comunicar a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza todas las ayudas
concedidas para la misma finalidad.
Quinta
Requisitos de los cursos
Podrán ser objeto de subvención las actividades que reúnan los siguientes requisitos:
a) Formar parte del plan de formación permanente del profesorado de las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de la Provincia Eclesiástica de Madrid, aprobado
BOCM-20230628-11
Incompatibilidad de las ayudas
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
Pág. 41
fondos públicos de la Comunidad de Madrid y de la formación del profesorado de colegios
concertados cuya titularidad se coordina directamente desde dichas delegaciones diocesanas, que incluirá acciones formativas durante el período comprendido entre el 1 de enero y
el 30 de octubre de 2023. Estas acciones formativas a impartir serán las incluidas en el Plan
Anual de Formación aprobado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, incorporado al presente convenio en forma de Anexo I.
Segunda
Beneficiarios
El beneficiario de la presente subvención es la Provincia Eclesiástica de Madrid, que
actuará a través de sus Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de Getafe, Alcalá de Henares y Madrid.
Las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza serán las interlocutoras con la Dirección
General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza en todo lo relativo a la gestión del plan
de formación, justificación de los fondos recibidos y cuantas incidencias puedan surgir en
el desarrollo del presente convenio.
Tercera
Cuantía de la subvención
Las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de la Provincia Eclesiástica de Madrid gestionarán, para el año 2023, una aportación económica total de 24.891 euros en acciones formativas incluidas en el Plan Anual de Formación, que se recoge como Anexo I del presente
convenio, aprobado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Dicha cantidad se abonará con cargo al subconcepto 48038 “Provincia eclesiástica de
Madrid: Delegación Diocesana de Enseñanza” del Programa 322O “Calidad de la enseñanza” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogados para 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre,
por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los
presupuestos generales para 2023.
Y se librará a nombre de la Provincia Eclesiástica de Madrid, que distribuirá las siguientes cantidades a cada Delegación Diocesana:
— Delegación Diocesana de Getafe: 8.297 euros.
— Delegación Diocesana de Alcalá de Henares: 8.297 euros.
— Delegación Diocesana de Madrid: 8.297 euros.
Con cargo a la cantidad establecida en la presente cláusula se financiarán los costes directamente imputables a las acciones formativas previstas en el plan de formación de cada
uno de los beneficiarios, que se incluyen en el Anexo I.
Cuarta
Esta ayuda es incompatible con subvenciones que, para el mismo objeto, conceda la
propia Comunidad de Madrid, otras Administraciones públicas, otros entes públicos o privados o particulares nacionales e internacionales.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso,
la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, y, en consecuencia, con lo anterior, conforme a lo dispuesto
en el artículo 8.d) de la citada Ley, las Delegaciones Diocesanas firmantes deberán comunicar a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza todas las ayudas
concedidas para la misma finalidad.
Quinta
Requisitos de los cursos
Podrán ser objeto de subvención las actividades que reúnan los siguientes requisitos:
a) Formar parte del plan de formación permanente del profesorado de las Delegaciones Diocesanas de Enseñanza de la Provincia Eclesiástica de Madrid, aprobado
BOCM-20230628-11
Incompatibilidad de las ayudas