D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230628-12)
Convenio –  Convenio de 12 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Asociación BatBox Productions, para la realización de prácticas externas de los alumnos del Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023

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B.O.C.M. Núm. 152

En caso de que el alumno tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la
suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el
centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el
momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en régimen
de prácticas externas.
Las prácticas se desarrollarán durante el período lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como alumno del Conservatorio Superior de Danza
“María de Ávila”. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal
efecto del tutor de prácticas de la asociación BatBox Productions. En caso de ausencia, el alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del centro de prácticas en
el mismo momento en que se prevea la ausencia.
Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán
carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo
con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una
contratación en régimen laboral por parte de la asociación BatBox Productions, se
considerará que el alumno abandona las prácticas, debiendo la misma comunicar
este hecho al director del centro educativo.
En el supuesto en que el estudiante se incorpore a la plantilla de la asociación BatBox
Productions tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio,
el tiempo de realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en
contra en el convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella,
ni eximirá al estudiante de la superación del período de prueba.
La asociación BatBox Productions podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a
las prácticas o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa
comunicación al Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila” especificando las causas concretas de la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.
Con anterioridad al inicio efectivo del período de prácticas, la dirección del Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila”, el responsable de las prácticas designado por la asociación BatBox Productions y el alumno que realizará las prácticas firmarán el anexo a este convenio. Se firmará un anexo por cada alumno que
realice prácticas.
La evaluación y calificación de la asignatura de Prácticas externas se realizará por
el profesor-tutor designado por el Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila”, teniendo en cuenta el informe del tutor de prácticas de la Asociación BatBox
Productions.

Sexta
En relación con la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación,
a partir del 1 de octubre de 2023, será de aplicación la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Séptima
Compromisos económicos asumidos por las partes
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.

BOCM-20230628-12

Otras medidas en materia social, laboral y de empleo