Boadilla del Monte (BOCM-20230627-56)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

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BOCM-20230627-56

complementaria, en el caso de la no presentación por alguno de ellos, en el plazo concedido, de la documentación indicada, si de la misma se dedujese el no cumplimiento de los requisitos exigidos o se produjese renuncia al derecho a ser contratado.
5.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla
del Monte, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
6.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido
la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta,
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
Boadilla del Monte, a 15 de junio de 2023.—El segundo teniente de alcalde en funciones, delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación,
Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.
(01/10.665/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791