Móstoles (BOCM-20230627-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

Pág. 257

En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, la fecha o la hora de la celebración del primer ejercicio, se hará público a través del tablón de anuncios y web municipal del Ayuntamiento de Móstoles ( www.mostoles.es ).
Base octava. Desarrollo del proceso selectivo
8.1. Los aspirantes actuarán siguiendo el orden alfabético de sus apellidos conforme
al sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública para el
año 2023.
8.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal. A los efectos previstos en este apartado, el llamamiento se considera único, aunque
haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a las sesiones a las que hayan sido convocados.
Una vez concluido el llamamiento para la realización de la prueba no se permitirá el
acceso de ningún aspirante al lugar en la que aquélla tenga lugar. Tampoco se permitirá la
incorporación ningún aspirante una vez que se hayan iniciado las pruebas selectivas.
8.3. Los aspirantes deberán acudir a la realización de las pruebas de provistos de su
documento de identidad, que deberán tener en todo momento a disposición de cualquier
miembro del Tribunal que lo solicite durante la realización de los ejercicios, así como con
aquellos elementos que el Tribunal anuncie en la publicación de la convocatoria o avisos
complementarios a la misma.
8.4. En cualquier momento, los miembros del tribunal o personal auxiliar designado
podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad.
8.5. Los aspirantes deberán atender en todo momento las indicaciones de los miembros del tribunal o del personal auxiliar designado.
8.6. Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no cumple todos los requisitos exigidos en esta convocatoria deberá proponer su exclusión, previa audiencia del interesado, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas.
Base novena. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases, de carácter sucesivo:
1.
2.
3.
4.

Pruebas de oposición.
Concurso de méritos.
Curso selectivo de formación.
Período de prácticas.

9.1. Pruebas de oposición: Conforme a lo establecido en el artículo 29 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, las
pruebas de oposición a superar son las siguientes, todas ellas eliminatorias:

— Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad
verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención, percepción y memoria
visual.
— Pruebas de personalidad y capacidades en las que se valorarán aspectos tales
como estabilidad emocional, autoconfianza, y habilidades interpersonales
para el trabajo policial.
b) Pruebas culturales, que consistirá en la contestación de un ejercicio relacionado
con el temario que figura como anexo III (prueba de conocimientos) de las pre-

BOCM-20230627-62

a) Pruebas de carácter psicotécnico, homologadas mediante resolución de la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de coordinación
de policías locales, orientadas a comprobar que las aptitudes, rasgos de personalidad y competencias de los aspirantes son las más adecuadas al perfil profesional
de la Policía Local. Estas pruebas se calificarán como “apto” o “no apto”. Se realizarán las siguientes pruebas: