D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230627-15)
Convenio –  Convenio de 12 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Autónoma de Madrid, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula por importe de 380.882,24 euros para estudios oficiales para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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CONVENIO de 12 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Autónoma
de Madrid, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula por importe de 380.882,24 euros para estudios oficiales para alumnos
universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables.

REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades en funciones de la Comunidad de Madrid, designado mediante
Decreto 38/2022, de 15 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio
de las competencias previstas en el artículo 41 de la Ley 1/83, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, la Excma. Sra. Amaya Mendikoetxea Pelayo, Rectora Magnífica de la
Universidad Autónoma de Madrid, con nombramiento mediante el Decreto 87/2021, de 30
de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), en nombre y representación de la misma, en virtud de las
atribuciones conferidas por razón de su cargo.
Ambas partes se reconocen capacidad y representación suficiente para formalizar el
presente convenio y a tal fin,
EXPONEN
Primero
La educación, en todos sus niveles, es el elemento fundamental a través del cual se articula una sociedad más justa, equilibrada y democrática. La Comunidad de Madrid, con el
fin de facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la educación universitaria, quiere mantener la colaboración con las universidades públicas en un programa que hace posible que
los estudiantes continúen en los estudios en los que están matriculados, sin que su situación
socioeconómica constituya un impedimento, subvencionando para ello los precios de matrícula de aquellos alumnos que, cumpliendo determinados requisitos, no hayan podido beneficiarse de las becas convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En este sentido, el instrumento de colaboración con las Universidades es esencial toda
vez que son éstas las que gestionan las becas que convoca el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Tercero
La Comunidad de Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades prevé, para la ejecución del mencionado programa, que el reparto de los fondos se realice mediante la concesión de una subvención a la totalidad de universidades públicas de la Comunidad de Madrid, mediante el procedimiento establecido en el presente convenio.
Cuarto
Esta subvención se regirá por el régimen jurídico previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 40/2015,

BOCM-20230627-15

Segundo
La presente colaboración tiene por fin último garantizar las condiciones de igualdad en
el ejercicio del derecho a la educación y que todos los estudiantes disfruten de las mismas
oportunidades de acceso a los estudios superiores.