Madrid (BOCM-20230624-8)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Suspensión Servicio Estacionamiento Regulado
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 149
vehículos en vía pública, promoviendo la adecuada rotación, así como una herramienta para
impulsar la movilidad sostenible al integrar consideraciones de sostenibilidad en los criterios de asignación.
El SER tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas y plazas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad
de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.
El apartado 2 del mismo precepto determina que el ámbito territorial sujeto al estacionamiento limitado de vehículos se corresponde con el Área de Estacionamiento Regulado,
que se subdivide conforme a la delimitación por barrios recogida en el anexo I.
Es innegable que las especiales medidas de seguridad adoptadas por esta Administración, al amparo de sus competencias, en las presentes circunstancias especiales en las que
se prevé un incremento excepcional de personas en el centro de la ciudad, constituyen motivos suficientemente justificados para alterar el normal funcionamiento de determinados
servicios municipales, como en el presente caso el SER, de acuerdo con la primacía de los
derechos fundamentales que tales medidas persiguen, los derechos a la integridad física, a
la libertad y a la seguridad.
Es por ello que se hace necesario, en los términos anteriormente expuestos, suspender
temporalmente el régimen general del SER en el barrio de Justicia del distrito de Centro, no pudiendo, en consecuencia, utilizarse las plazas del SER por ningún usuario, en los términos recogidos en la prohibición general de estacionamiento ordenada por la Resolución de 20 de junio
de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
por la que se establecen distintas medidas de seguridad en horarios y espacios concretos, con
motivo de la celebración del MADO 2023 durante los días 25 de junio al 2 de julio de 2023.
No obstante, es objetivo primordial de esta Administración tratar de resolver los inconvenientes que tal suspensión conlleva a los titulares de autorización de estacionamiento de
residentes de dicho barrio, toda vez que, estando al corriente de las obligaciones administrativas y fiscales que la normativa municipal sobre regulación del estacionamiento les impone, se verán privados durante los días de suspensión del servicio de la facultad de estacionar en su barrio de residencia. En consecuencia, por el presente Decreto se dispone,
como una de las medidas a adoptar por la suspensión del régimen general del SER en el perímetro delimitado en el barrio de Justicia del distrito de Centro, la alteración del régimen de
estacionamiento de los residentes de dicho barrio, que podrán estacionar desde las 9:00 horas del jueves día 29 de junio hasta las 15:00 horas del sábado día 1 de julio de 2023, tanto
en plazas verdes como en plazas azules de cualquier otro barrio incluido en el Área de Estacionamiento Regulado del Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
Cabe destacar que, de acuerdo con el artículo 49.9 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, la Junta de Gobierno o el órgano en que delegue podrá por motivos de seguridad,
de seguridad vial o de protección de la integridad de los espacios públicos y privados suspender completa o parcialmente la aplicación del régimen general de funcionamiento del
Servicio de Estacionamiento Regulado en la totalidad o en parte de su ámbito territorial.
El acuerdo o decreto que establezca la suspensión deberá concretar su ámbito geográfico de aplicación y temporal de vigencia, así como las condiciones específicas que resulten de aplicación. El acuerdo o decreto será objeto de publicación oficial en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de publicación electrónica en el sitio web municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid
En virtud del apartado 3.o.2.2 del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la Ciudad
de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de
Medio Ambiente y Movilidad, en relación con el Decreto de 17 de junio de 2023 del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que
se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, corresponde al titular del
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad establecer prohibiciones o
limitaciones a la circulación o estacionamiento de vehículos en las vías públicas, de acuerdo
con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible y en la legislación sobre tráfico,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y sobre calidad del aire y protección de
la atmósfera.
BOCM-20230624-8
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 149
vehículos en vía pública, promoviendo la adecuada rotación, así como una herramienta para
impulsar la movilidad sostenible al integrar consideraciones de sostenibilidad en los criterios de asignación.
El SER tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas y plazas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad
de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.
El apartado 2 del mismo precepto determina que el ámbito territorial sujeto al estacionamiento limitado de vehículos se corresponde con el Área de Estacionamiento Regulado,
que se subdivide conforme a la delimitación por barrios recogida en el anexo I.
Es innegable que las especiales medidas de seguridad adoptadas por esta Administración, al amparo de sus competencias, en las presentes circunstancias especiales en las que
se prevé un incremento excepcional de personas en el centro de la ciudad, constituyen motivos suficientemente justificados para alterar el normal funcionamiento de determinados
servicios municipales, como en el presente caso el SER, de acuerdo con la primacía de los
derechos fundamentales que tales medidas persiguen, los derechos a la integridad física, a
la libertad y a la seguridad.
Es por ello que se hace necesario, en los términos anteriormente expuestos, suspender
temporalmente el régimen general del SER en el barrio de Justicia del distrito de Centro, no pudiendo, en consecuencia, utilizarse las plazas del SER por ningún usuario, en los términos recogidos en la prohibición general de estacionamiento ordenada por la Resolución de 20 de junio
de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
por la que se establecen distintas medidas de seguridad en horarios y espacios concretos, con
motivo de la celebración del MADO 2023 durante los días 25 de junio al 2 de julio de 2023.
No obstante, es objetivo primordial de esta Administración tratar de resolver los inconvenientes que tal suspensión conlleva a los titulares de autorización de estacionamiento de
residentes de dicho barrio, toda vez que, estando al corriente de las obligaciones administrativas y fiscales que la normativa municipal sobre regulación del estacionamiento les impone, se verán privados durante los días de suspensión del servicio de la facultad de estacionar en su barrio de residencia. En consecuencia, por el presente Decreto se dispone,
como una de las medidas a adoptar por la suspensión del régimen general del SER en el perímetro delimitado en el barrio de Justicia del distrito de Centro, la alteración del régimen de
estacionamiento de los residentes de dicho barrio, que podrán estacionar desde las 9:00 horas del jueves día 29 de junio hasta las 15:00 horas del sábado día 1 de julio de 2023, tanto
en plazas verdes como en plazas azules de cualquier otro barrio incluido en el Área de Estacionamiento Regulado del Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
Cabe destacar que, de acuerdo con el artículo 49.9 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, la Junta de Gobierno o el órgano en que delegue podrá por motivos de seguridad,
de seguridad vial o de protección de la integridad de los espacios públicos y privados suspender completa o parcialmente la aplicación del régimen general de funcionamiento del
Servicio de Estacionamiento Regulado en la totalidad o en parte de su ámbito territorial.
El acuerdo o decreto que establezca la suspensión deberá concretar su ámbito geográfico de aplicación y temporal de vigencia, así como las condiciones específicas que resulten de aplicación. El acuerdo o decreto será objeto de publicación oficial en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de publicación electrónica en el sitio web municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid
En virtud del apartado 3.o.2.2 del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la Ciudad
de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de
Medio Ambiente y Movilidad, en relación con el Decreto de 17 de junio de 2023 del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que
se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, corresponde al titular del
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad establecer prohibiciones o
limitaciones a la circulación o estacionamiento de vehículos en las vías públicas, de acuerdo
con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible y en la legislación sobre tráfico,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y sobre calidad del aire y protección de
la atmósfera.
BOCM-20230624-8
BOCM