C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20230622-21)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Resolución de 15 de junio de 2023, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión de bolsas de viaje para fomentar la participación en proyectos de investigación, innovación y transferencia internacionales con cargo al presupuesto del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia para atender los gastos derivados del desplazamiento y alojamiento para el personal docente e investigador de dicha universidad en la preparación de propuestas para optar a proyectos internacionales durante el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
Pág. 65
en función de las fechas de participación en reuniones, sesiones, encuentros o cualquier otra
actividad de similar naturaleza, se distribuirá el presupuesto en 12.50 euros para cada uno
de esos períodos en los que se podrá resolver parcialmente la convocatoria.
La citada cuantía se imputará a la aplicación presupuestaria 30.VC.IT.541A.483.05
“Bolsas de Viaje y movilidad de profesores” del presupuesto de gasto del Vicerrectorado
de Investigación, Innovación y Trasferencia de la URJC para 2023.
Quinto
Características, condiciones y dotación de las ayudas
Las ayudas objeto de la presente resolución serán destinadas a sufragar gastos ocasionados por los desplazamientos y el alojamiento derivados de la participación del PDI de la
URJC en reuniones, sesiones, encuentros o cualquier otra actividad de similar naturaleza
para la preparación de propuestas dentro del Programa Horizonte Europa, u otras convocatorias de carácter internacional en el ámbito de la investigación, la innovación y la transferencia que se abran tras la movilidad.
Se podrán financiar los desplazamientos cuya fecha de inicio y fin se encuentren comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, siempre que tales desplazamientos cumplan las exigencias previstas en la presente resolución y concurran los requisitos necesarios para ello.
Las ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas para hacer frente a gastos
de viajes de otros Proyectos de Investigación, siempre y cuando el total de la ayuda no supere el total del gasto realizado.
Se concederá una ayuda máxima de 1.000 euros por solicitud, siempre y cuando lo permitan las disponibilidades presupuestarias en relación con el número de solicitudes presentadas y hasta agotar el crédito presupuestario.
Cada ayuda cubrirá: a) Gastos de transporte en función del trayecto a cubrir, así como
los traslados intermedios que estén debidamente justificados. b) Gastos de alojamiento. c)
Gastos de inscripción al evento, si los hubiera.
Sexto
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones cubiertas por esta convocatoria que se estén realizando, se hayan realizado o se vayan a realizar entre el 1 de enero y
el 31 de julio de 2023 empezará a contar desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será
de quince días hábiles. El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones de movilidad que se vayan a realizar entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 será de quince días hábiles y se extenderá desde el día 18 de septiembre hasta el 6 de octubre de 2023.
Séptimo
La publicación de la resolución final del rector de la URJC agota la vía administrativa
de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que
la hubiera dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación,
en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro
recurso que se estime procedente.
Móstoles, a 15 de junio de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.
(03/10.571/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230622-21
Resolución
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
Pág. 65
en función de las fechas de participación en reuniones, sesiones, encuentros o cualquier otra
actividad de similar naturaleza, se distribuirá el presupuesto en 12.50 euros para cada uno
de esos períodos en los que se podrá resolver parcialmente la convocatoria.
La citada cuantía se imputará a la aplicación presupuestaria 30.VC.IT.541A.483.05
“Bolsas de Viaje y movilidad de profesores” del presupuesto de gasto del Vicerrectorado
de Investigación, Innovación y Trasferencia de la URJC para 2023.
Quinto
Características, condiciones y dotación de las ayudas
Las ayudas objeto de la presente resolución serán destinadas a sufragar gastos ocasionados por los desplazamientos y el alojamiento derivados de la participación del PDI de la
URJC en reuniones, sesiones, encuentros o cualquier otra actividad de similar naturaleza
para la preparación de propuestas dentro del Programa Horizonte Europa, u otras convocatorias de carácter internacional en el ámbito de la investigación, la innovación y la transferencia que se abran tras la movilidad.
Se podrán financiar los desplazamientos cuya fecha de inicio y fin se encuentren comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, siempre que tales desplazamientos cumplan las exigencias previstas en la presente resolución y concurran los requisitos necesarios para ello.
Las ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas para hacer frente a gastos
de viajes de otros Proyectos de Investigación, siempre y cuando el total de la ayuda no supere el total del gasto realizado.
Se concederá una ayuda máxima de 1.000 euros por solicitud, siempre y cuando lo permitan las disponibilidades presupuestarias en relación con el número de solicitudes presentadas y hasta agotar el crédito presupuestario.
Cada ayuda cubrirá: a) Gastos de transporte en función del trayecto a cubrir, así como
los traslados intermedios que estén debidamente justificados. b) Gastos de alojamiento. c)
Gastos de inscripción al evento, si los hubiera.
Sexto
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones cubiertas por esta convocatoria que se estén realizando, se hayan realizado o se vayan a realizar entre el 1 de enero y
el 31 de julio de 2023 empezará a contar desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será
de quince días hábiles. El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones de movilidad que se vayan a realizar entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 será de quince días hábiles y se extenderá desde el día 18 de septiembre hasta el 6 de octubre de 2023.
Séptimo
La publicación de la resolución final del rector de la URJC agota la vía administrativa
de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que
la hubiera dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación,
en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro
recurso que se estime procedente.
Móstoles, a 15 de junio de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.
(03/10.571/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230622-21
Resolución