D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230622-35)
Convenio – Convenio de 8 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Vivo Sano, para el desarrollo del programa de acompañamiento a los pacientes al final de su vida, en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 147
ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS
EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO
x
x
x
x
x
x
x
x
Hospital Universitario “Clínico San Carlos”
Hospital Universitario “12 de Octubre”
Hospital Universitario “Infanta Cristina”
Hospital “La Fuenfria”
Hospital “Virgen de la Poveda”
Hospital Universitario “Puerta del Hierro Majadahonda”
Hospital de Guadarrama
Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información
suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada
por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente
conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de
este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información
y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como
consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los
términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita
de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida
en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este
convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos
relativos a las cláusulas sobre confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o
subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados,
voluntarios o por subcontratados, etc.
PRIMERA. -RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El Servicio Madrileño de Salud tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento y la
Fundación Vivo Sano tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo
establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto
de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio, se realiza
con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una
cesión o comunicación de datos.
BOCM-20230622-35
CLÁUSULAS
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 147
ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS
EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO
x
x
x
x
x
x
x
x
Hospital Universitario “Clínico San Carlos”
Hospital Universitario “12 de Octubre”
Hospital Universitario “Infanta Cristina”
Hospital “La Fuenfria”
Hospital “Virgen de la Poveda”
Hospital Universitario “Puerta del Hierro Majadahonda”
Hospital de Guadarrama
Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información
suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada
por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente
conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de
este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información
y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como
consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los
términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita
de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida
en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este
convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos
relativos a las cláusulas sobre confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o
subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados,
voluntarios o por subcontratados, etc.
PRIMERA. -RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El Servicio Madrileño de Salud tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento y la
Fundación Vivo Sano tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo
establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto
de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio, se realiza
con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una
cesión o comunicación de datos.
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