Coslada (BOCM-20230620-71)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE JUNIO DE 2023

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oposición. El tribunal examinará la documentación aportada por el interesado a fin de apreciar las aptitudes y méritos alegados:
Currículo: Méritos puntuables:
1. Carrera profesional.
2. Formación y perfeccionamiento de interés policial.
3. Titulaciones oficiales.
4. Títulos oficiales sobre conocimientos de idiomas extranjeros: Para ello redactarán
un documento curricular indicando todos los méritos puntuables y acompañarán
las correspondientes fotocopias ordenadas y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en las que deben constar
la fecha de realización y el número de horas de formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la
fase de presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados en el
currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente.
No será precisa la compulsa de documentos siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales correspondientes en el momento de la
presentación de la instancia para participar en el proceso selectivo o en cualquier
momento que le fuese solicitado. En lo referido a la antigüedad, la fecha fin de instancias será la que se dé por válida para el cómputo y asimismo y de igual forma
respecto a los conocimientos de interés profesional la fecha de expedición de los
títulos valorables será siempre anterior a la de fin de instancias.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos
los puntos obtenidos por la aplicación del baremo de méritos establecidos en el
Anexo I, de las presentes bases.
El Tribunal, a la vista de los méritos expuestos en el currículo que sean puntuables,
podrá solicitar aclaración a los aspirantes para verificar los méritos alegados
por estos.
3.2. Fase de curso selectivo de formación: Será requisito indispensable superar un
curso específico en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid con una carga lectiva de 300 horas o su equivalente en créditos ECTS.

4.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán solicitarlo cumplimentando el impreso habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Coslada. Será
facilitado gratuitamente en las dependencias del Ayuntamiento de Coslada. Asimismo, podrá obtenerse a través de la página web www.coslada.es
La presentación de la instancia por cada aspirante supondrá la aceptación de la normativa reguladora del procedimiento selectivo.
En dicho impreso deberá hacerse constar expresamente el sistema por el que participa
en las pruebas, de acuerdo con las siguientes indicaciones.
Los aspirantes deberán aportar obligatoriamente junto con la instancia la autorización
para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de la segunda
prueba de la fase de oposición prevista en la base 3.1.2. Dicha autorización se ajustará al
modelo recogido en el Anexo III.
4.2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días
naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en
el “Boletín Oficial del Estado”.
4.3. Lugar de presentación: Las instancias deberán presentarse, dentro del plazo estipulado, en el registro electrónico accesible a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
de Coslada, o mediante el procedimiento establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respetando siempre el plazo establecido.
Por causas excepcionales debidamente motivadas, mediante Decreto de Alcaldía, se
podrá autorizar la utilización de medios no electrónicos en un procedimiento, cuando concurran razones técnicas, organizativas o de otra naturaleza que así lo justifiquen, para todos
o parte de los trámites y actuaciones, de manera excepcional y por el tiempo imprescindible para solventar las mismas.

BOCM-20230620-71

4. Solicitudes