D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230619-23)
Convenio – Publicación de 25 de mayo de 2023, de tercera adenda para la prórroga del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcobendas, para el sostenimiento del centro de educación de personas adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
Segunda
Compromisos
A fin de dar continuidad a la colaboración entre ambas instituciones para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”,
se mantienen los compromisos de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Alcobendas, expresados en las cláusulas segunda y tercera del convenio, con las siguientes especificaciones económicas:
a) La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades contribuirá a sufragar los gastos de sostenimiento de este centro de educación de personas adultas,
siempre que exista crédito adecuado y suficiente, con la aportación de cincuenta
y ocho mil quinientos setenta y cinco euros (58.575,00 euros) mientras que el
Ayuntamiento de Alcobendas atenderá el resto de los gastos hasta la totalidad.
b) La citada aportación se financiará con cargo al Subconcepto 22801 “Convenios
con Corporaciones Locales” del Programa 322B “Educación Secundaria y Formación Profesional” del Presupuesto de Gastos del año 2024. Esta financiación se
hará efectiva mediante dos libramientos en los meses de julio y diciembre.
Tercera
Restricciones
Se mantienen las restricciones recogidas en la cláusula cuarta del texto del convenio
que se prorroga mediante la presente adenda.
Cuarta
Libramientos económicos
Quinto
Protección de datos
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sus-
BOCM-20230619-23
La aportación de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo previa presentación por
parte del Ayuntamiento de Alcobendas de la siguiente documentación:
— Primer libramiento: El primer libramiento coincidirá con el importe del certificado
justificativo del gasto realizado hasta el 31 de julio de 2024, aportando la siguiente
documentación:
d Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde la fecha de entrada en vigor de la presente
adenda de prórroga hasta el 31 de julio de 2024. Dicho certificado reflejará que
la aportación de la Comunidad de Madrid en relación al presente convenio se
ha registrado en los Presupuestos Generales de ese Ayuntamiento aplicándose
a los fines establecidos en la previsión de gasto en materia de personal desglosado en gastos de personal y gastos de seguridad social, presentado por el
Ayuntamiento a la firma del presente convenio.
d Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del convenio.
— Segundo libramiento: antes del 10 de diciembre de 2024:
d Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde el 31 de julio de 2024 hasta la fecha de emisión del mismo. El contenido del certificado se ajustará a los términos exigidos
en el primer libramiento.
d Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del convenio.
El segundo libramiento se realizará por la diferencia entre el importe consignado en el
convenio como aportación de la Comunidad de Madrid y la cantidad abonada en el primer
libramiento, siempre que los gastos realizados por dicho Ayuntamiento cubran el compromiso de gasto.
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
Segunda
Compromisos
A fin de dar continuidad a la colaboración entre ambas instituciones para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes”,
se mantienen los compromisos de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Alcobendas, expresados en las cláusulas segunda y tercera del convenio, con las siguientes especificaciones económicas:
a) La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades contribuirá a sufragar los gastos de sostenimiento de este centro de educación de personas adultas,
siempre que exista crédito adecuado y suficiente, con la aportación de cincuenta
y ocho mil quinientos setenta y cinco euros (58.575,00 euros) mientras que el
Ayuntamiento de Alcobendas atenderá el resto de los gastos hasta la totalidad.
b) La citada aportación se financiará con cargo al Subconcepto 22801 “Convenios
con Corporaciones Locales” del Programa 322B “Educación Secundaria y Formación Profesional” del Presupuesto de Gastos del año 2024. Esta financiación se
hará efectiva mediante dos libramientos en los meses de julio y diciembre.
Tercera
Restricciones
Se mantienen las restricciones recogidas en la cláusula cuarta del texto del convenio
que se prorroga mediante la presente adenda.
Cuarta
Libramientos económicos
Quinto
Protección de datos
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sus-
BOCM-20230619-23
La aportación de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo previa presentación por
parte del Ayuntamiento de Alcobendas de la siguiente documentación:
— Primer libramiento: El primer libramiento coincidirá con el importe del certificado
justificativo del gasto realizado hasta el 31 de julio de 2024, aportando la siguiente
documentación:
d Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde la fecha de entrada en vigor de la presente
adenda de prórroga hasta el 31 de julio de 2024. Dicho certificado reflejará que
la aportación de la Comunidad de Madrid en relación al presente convenio se
ha registrado en los Presupuestos Generales de ese Ayuntamiento aplicándose
a los fines establecidos en la previsión de gasto en materia de personal desglosado en gastos de personal y gastos de seguridad social, presentado por el
Ayuntamiento a la firma del presente convenio.
d Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del convenio.
— Segundo libramiento: antes del 10 de diciembre de 2024:
d Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde el 31 de julio de 2024 hasta la fecha de emisión del mismo. El contenido del certificado se ajustará a los términos exigidos
en el primer libramiento.
d Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del convenio.
El segundo libramiento se realizará por la diferencia entre el importe consignado en el
convenio como aportación de la Comunidad de Madrid y la cantidad abonada en el primer
libramiento, siempre que los gastos realizados por dicho Ayuntamiento cubran el compromiso de gasto.