D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230619-33)
Convenio – Convenio de 2 de junio de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Coslada, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA)
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BOCM
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 144
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
33
CONVENIO de 2 de junio de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el
Ayuntamiento de Coslada, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA).
De una parte, don Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud,
nombrado mediante Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, en
nombre y en representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se
establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el
Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008,
ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
De otra parte, don Ángel Viveros Gutiérrez Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Coslada, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, por el que se atribuye a los Presidentes de las Entidades Locales la competencia para formalizar los convenios
de colaboración.
Actúa en virtud de nombramiento acordado por el Pleno del Ayuntamiento celebrado
el 15 de junio de 2019.
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica para obligarse en los términos del
presente convenio,
EXPONEN
Primero
El Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS), ente creado para contribuir a la
adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la administración sanitaria de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008,
de 3 de abril, desarrolla entre otras funciones la atención integral de la salud en todos los
ámbitos asistenciales y la distribución de los recursos económicos afectos a la financiación
de los servicios y prestaciones que configuran el sistema sanitario público.
Al SERMAS, a través de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 2.n) del Decreto 2/2022, de 26 de enero, por el que
se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, le corresponde la prestación asistencial en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos en el ámbito del SERMAS y de las instituciones de titularidad privada involucradas en estas tareas sanitarias.
Tercero
En virtud de lo dispuesto en los artículos 30 y 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 21 y 25 de
la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Ayuntamiento
de Coslada, y en su nombre, el Alcalde-Presidente, puede suscribir Convenios con la Comunidad de Madrid que sean de interés común para las partes, con la finalidad de promo-
BOCM-20230619-33
Segundo
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CONVENIO de 2 de junio de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el
Ayuntamiento de Coslada, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA).
De una parte, don Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud,
nombrado mediante Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, en
nombre y en representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se
establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el
Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008,
ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
De otra parte, don Ángel Viveros Gutiérrez Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Coslada, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, por el que se atribuye a los Presidentes de las Entidades Locales la competencia para formalizar los convenios
de colaboración.
Actúa en virtud de nombramiento acordado por el Pleno del Ayuntamiento celebrado
el 15 de junio de 2019.
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica para obligarse en los términos del
presente convenio,
EXPONEN
Primero
El Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS), ente creado para contribuir a la
adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la administración sanitaria de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008,
de 3 de abril, desarrolla entre otras funciones la atención integral de la salud en todos los
ámbitos asistenciales y la distribución de los recursos económicos afectos a la financiación
de los servicios y prestaciones que configuran el sistema sanitario público.
Al SERMAS, a través de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 2.n) del Decreto 2/2022, de 26 de enero, por el que
se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, le corresponde la prestación asistencial en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos en el ámbito del SERMAS y de las instituciones de titularidad privada involucradas en estas tareas sanitarias.
Tercero
En virtud de lo dispuesto en los artículos 30 y 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 21 y 25 de
la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Ayuntamiento
de Coslada, y en su nombre, el Alcalde-Presidente, puede suscribir Convenios con la Comunidad de Madrid que sean de interés común para las partes, con la finalidad de promo-
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