D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230619-34)
Convenio – Adenda de 2 de junio de 2023, de prórroga del convenio para el suministro de componentes sanguíneos entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y el Hospital Fraternidad-Muprespa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 245
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
34
ADENDA de 2 de junio de 2023, de prórroga del convenio para el suministro de
componentes sanguíneos entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro
de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y el Hospital Fraternidad-Muprespa.
REUNIDOS
De una parte, D. Fernando Prados Roa Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud en funciones, nombrado mediante Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que
se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el
Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo
de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, D. Esteban Mate de Miguel, Apoderado del Hospital Fraternidad-Muprespa, en nombre y representación legal del mismo y con domicilio en Paseo de la Habana números 83-85, del municipio de Madrid, código postal 28036, según normativa establecida en escritura de apoderamiento otorgada en fecha 29 de julio de 2015, ante el notario
D. Juan Bolas Alfonso, con número de protocolo mil doscientos setenta y siete, otorgándole, al mismo, la capacidad de firmar y suscribir acuerdos y convenios.
Ambas partes se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y plena capacidad jurídica para el otorgamiento de la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que, con fecha 17 de julio de 2019, se suscribió convenio entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y el Hospital Fraternidad Muprespa.
Segundo
Que la cláusula sexta del convenio prevé la posibilidad de prorrogarlo por un nuevo
período de dos años adicionales.
En base a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la adenda de prórroga, de acuerdo
a las siguientes
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio de colaboración,
las partes han acordado su prórroga por un período de dos años, a contar desde la fecha de
finalización de su vigencia.
Segunda
Financiación
El CTCM facturará mensualmente a Hospital Fraternidad Muprespa, los componentes
sanguíneos suministrados de acuerdo con los precios públicos por la prestación de los servi-
BOCM-20230619-34
CLÁUSULAS
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 245
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
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SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
34
ADENDA de 2 de junio de 2023, de prórroga del convenio para el suministro de
componentes sanguíneos entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro
de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y el Hospital Fraternidad-Muprespa.
REUNIDOS
De una parte, D. Fernando Prados Roa Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud en funciones, nombrado mediante Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que
se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el
Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo
de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, D. Esteban Mate de Miguel, Apoderado del Hospital Fraternidad-Muprespa, en nombre y representación legal del mismo y con domicilio en Paseo de la Habana números 83-85, del municipio de Madrid, código postal 28036, según normativa establecida en escritura de apoderamiento otorgada en fecha 29 de julio de 2015, ante el notario
D. Juan Bolas Alfonso, con número de protocolo mil doscientos setenta y siete, otorgándole, al mismo, la capacidad de firmar y suscribir acuerdos y convenios.
Ambas partes se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y plena capacidad jurídica para el otorgamiento de la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que, con fecha 17 de julio de 2019, se suscribió convenio entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y el Hospital Fraternidad Muprespa.
Segundo
Que la cláusula sexta del convenio prevé la posibilidad de prorrogarlo por un nuevo
período de dos años adicionales.
En base a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la adenda de prórroga, de acuerdo
a las siguientes
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio de colaboración,
las partes han acordado su prórroga por un período de dos años, a contar desde la fecha de
finalización de su vigencia.
Segunda
Financiación
El CTCM facturará mensualmente a Hospital Fraternidad Muprespa, los componentes
sanguíneos suministrados de acuerdo con los precios públicos por la prestación de los servi-
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