C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230617-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 29 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Defta Spain S. L. U. (código 28004812011988)
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16.031,80 €

B

397,59 € anual

150,00 € anual

Art. 42: Paga Septiembre:

Art. 48: Paga Septiembre B:

37,72 €

53,07 €

59,66 €

1.532,50 €

60,93 €

62,53 €

1.611,40 €

1.686,83 €

1.715,48 €

25,06 €

36,22 €

37,38 €

32,35 €

38,56 €

40,04 €

34,01 €

35,60 €

36,21 €

39,82 €

43,31 €

50,48 €

53,47 €

CALCULO
PLUSES

0,85 €

1,24 €

1,27 €

1,10 €

1,32 €

1,37 €

1,16 €

1,21 €

1,23 €

1,36 €

1,48 €

1,72 €

1,82 €

ART. 28
PLUS NOCHE
Importe hora

0,00 €

1,59 €

1,80 €

30,95 €

1,82 €

1,88 €

31,63 €

32,64 €

33,03 €

35,41 €

36,34 €

40,23 €

41,75 €

1

0,00 €

3,18 €

3,59 €

61,89 €

3,64 €

3,76 €

63,26 €

65,29 €

66,06 €

70,83 €

72,69 €

80,45 €

83,51 €

2

0,00 €

4,77 €

5,39 €

92,84 €

5,46 €

5,64 €

94,89 €

97,93 €

99,10 €

106,24 €

109,03 €

120,68 €

125,26 €

0,00 €

6,36 €

7,18 €

123,78 €

7,28 €

7,52 €

126,52 €

130,58 €

132,13 €

141,66 €

145,38 €

160,90 €

167,02 €

4

0,00 €

7,95 €

8,98 €

154,73 €

9,10 €

9,40 €

158,15 €

163,22 €

165,16 €

177,07 €

181,72 €

201,13 €

208,77 €

5

ANTIGÜEDAD EN QUINQUENIOS
3

6

0,00 €

9,53 €

10,77 €

185,68 €

10,92 €

11,28 €

189,78 €

195,87 €

198,19 €

212,49 €

218,07 €

241,36 €

250,53 €

7

0,00 €

11,12 €

12,57 €

216,62 €

12,74 €

13,16 €

221,41 €

228,51 €

231,23 €

247,90 €

254,41 €

281,58 €

292,28 €

SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2023

(03/9.463/23)

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230617-2

Personal técnico y administrativo: Grupo 1, 2, 3, 4 y 6
Personal Obrero: Grupo 5, 7 y 8.
El personal obrero seguirá percibiendo su salario con carácter diario, estableciendo su cálculo mediante la división de su salario anual en 425 días.
En los supuestos en los que la adaptación al salario base nivel de grupo implique la disminución del salario base de Convenio que venía asignado para esa categoría profesional, se genera un nuevo complemento “Ex categoría” por la diferencia, teniendo
este complemento carácter de incrementable y actualizable y no siendo compensable ni absorbible con ningún otro concepto. En consecuencia, ninguna persona trabajadora percibirá una retribución inferior a la que venía percibiendo.

291,95 € mensual

Art. 33: CPMSP

Art. 27: Jefe equipo:

6,45 € diarios

22.555,93 €

A

GRUPO 8

25.355,45 €

A

25896,78

B

GRUPO 7

26.577,33 €

A

21.454,99 €

22.559,58 €

C

A

23.615,60 €

B

24.016,75 €

A

1.886,52 €

2.052,18 €

2.391,74 €

2.533,32 €

MENSUAL/DIARIO

SALARIO BASE

Pág. 72

GRUPO 6

GRUPO 5

GRUPO 4

GRUPO 3

26.411,28 €

28.730,54 €

B

A

33.484,42 €

A

GRUPO 2

35.466,54 €

A

GRUPO 1

ANUAL

NIVEL

GRUPOS

TABLAS SALARIALES PARA EL EJERCICIO 2023

ANEXO VII

BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 143