D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230616-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 31 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Ayuntamiento de Móstoles, para el sostenimiento del Conservatorio Profesional de Música “Rodolfo Halffter” para el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JUNIO DE 2023

Pág. 585

nio de colaboración firmado el día 20 de julio de 2022 entre la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Móstoles, y cuyo plazo de vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2022.
IV
Ambas Administraciones manifiestan voluntad decidida de cooperar en el ámbito de
las respectivas competencias y en los términos y condiciones que en el presente convenio
se estipulan, en el sostenimiento y buen funcionamiento de este conservatorio profesional
de música de titularidad municipal, a fin de dar, así, adecuada respuesta, en actuación armónica y coordinada, a la necesidad de una oferta pública de calidad de enseñanzas profesionales de música que satisfaga cumplidamente la demanda educativa de los ciudadanos
del municipio de Móstoles y municipios colindantes de la comarca.
V
La colaboración de la Administración educativa para el sostenimiento de centros de
enseñanza de régimen especial de titularidad de Corporaciones Locales está prevista en la
vigente legislación y el procedimiento de financiación podrá acordarse por convenio.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé en su disposición adicional decimoquinta que las Administraciones educativas podrán establecer convenios de colaboración con las Corporaciones Locales para las enseñanzas artísticas.
El Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 22 de
enero de 2004), de cooperación con las Corporaciones Locales, contempla en su capítulo VIII,
con respecto a la financiación de los centros públicos de enseñanzas de régimen general o
de régimen especial de titularidad de Corporaciones Locales, que la Entidad Local asumirá la responsabilidad jurídica y económica que como titular del centro le corresponde, sin
perjuicio del procedimiento de financiación que se acuerde en el convenio previo que ha de
suscribirse entre la Administración educativa y la Corporación Local.
En consecuencia, se acuerda suscribir entre ambas Administraciones, Autonómica y
Local, el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer las condiciones de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el
Ayuntamiento de Móstoles para el sostenimiento del Conservatorio Profesional de Música
“Rodolfo Halffter” para el año 2023.
Segunda
Como centro docente público, el Conservatorio Profesional de Música “Rodolfo
Halffter” deberá cumplir los requisitos a que se refiere el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE), desarrollados en el
Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de
los centros que impartan enseñanzas artísticas, estando asimismo sujeto en su organización y
funcionamiento a cuanto el ordenamiento jurídico prevé para los centros docentes públicos.
Se someterá, por tanto, a lo establecido para los centros públicos en materia de órganos de gobierno por la citada Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación, por la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y por la normativa dictada en su desarrollo que sea de vigente aplicación en los conservatorios profesionales de música de ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Todo ello, sin detrimento de las competencias
del titular del centro en relación con el nombramiento y cese del director y del equipo directivo, según se prevé en la disposición adicional segunda de la LODE, y sin perjuicio de
las adaptaciones que resulten necesarias, en su caso, derivadas de otra normativa de aplicación en centros, particularmente por la condición y régimen de contratación de su personal
docente, que sean de titularidad de Corporaciones Locales.
El profesorado del conservatorio, independientemente de cual fuere el régimen de su
contratación y dependencia del Ayuntamiento, deberá cumplir los requisitos de titulación

BOCM-20230616-39

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