C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230615-35)
Servicios mínimos –  Orden de 13 de junio de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se fijan servicios mínimos en relación con la convocatoria de huelga en la Administración de Justicia que se lleva a cabo desde el día 22 de mayo de 2023 con carácter indefinido
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JUNIO DE 2023

Pág. 127

d Toda la dotación de médicos forenses en funciones de guardia del Área I (Menores, Instrucción y Violencia) y del Área II.
d 1 Médico Forense por cada Sector del Área II en funciones de médico forense de
incidencias.
d 1 Médico Forense en la Audiencia Provincial, 1 en los Juzgados de lo Penal y 1
en los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
d 1 Técnico Especialista por turno.
d 1 Ayudante de Laboratorio.
d Servicio de Guardia de Patología: la dotación de personal ordinaria para la guardia: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o 1 funcionario de Tramitación Procesal y Administrativa y 1 de Auxilio Judicial.
d Para todo el IMLyCF: 2 tramitadores y 2 auxilios al margen de los del servicio
de patología.
— En las Oficinas de Atención a Víctimas, los servicios mínimos serán los siguientes:
d 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en la Oficina
Central de Atención a Víctimas (calle Albarracín, número 31).
d Zona Norte: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en
la OAVD de San Lorenzo de El Escorial.
d Zona Sur: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en
la OAVD de Aranjuez.
d Zona Este: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en la
OAVD de Alcalá de Henares.
d Zona Oeste: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en
la OAVD de Fuenlabrada.
Cuarto
Régimen de prestación de los servicios mínimos
El personal designado como servicios mínimos deberá prestar sus servicios de forma
presencial.
Quinto
Servicios mínimos fijados con anterioridad
Queda sin efecto la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de 18 de
mayo de 2023, por la que se fijan servicios mínimos en relación con la convocatoria de
huelga en la Administración de Justicia a partir del día 22 de mayo con carácter indefinido.
Sexto
Efectos
Esta Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.

DE LA

Séptimo
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior (artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas) en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad en lo establecido en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
En Madrid, a 13 de junio de 2023.
El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en funciones,
ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ

(03/10.401/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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