Madrid (BOCM-20230614-69)
Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 435
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Extracto del Decreto de 30 de mayo, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2023 con destino a actuaciones de adaptación de viviendas de personas usuarias de Centros de Día. Proyecto financiado con fondos “Next Generation EU”.
BNDS: 700289
Primero. Objeto
Fomentar la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas dentro del municipio de Madrid, donde residan de manera habitual y permanente personas que tienen
asignado como plan de atención un centro de día, para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad, mediante la inversión en reformas arquitectónicas para la adecuación
de viviendas, la accesibilidad y la eficiencia energética, la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, facilitando la movilidad interior o aumentando la seguridad en el entorno doméstico, y puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.
Segundo. Requisitos de los beneficiarios
— Tener reconocida la situación de dependencia y en su programa individual de
atención y figure como recurso el centro de día.
— Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita
la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de
forma continuada a fecha de la solicitud de la subvención.
— También podrán ser beneficiarios las personas físicas titulares de la vivienda, en
los términos establecidos en el artículo 10.1 de la convocatoria, donde resida al
menos una persona que reúna los requisitos anteriores.
— En aquellos casos que hubiera más de una persona en centro de día en la vivienda
objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
La cuantía total de la convocatoria asciende a 1.815.000 euros, distribuidos en las
anualidades 2023 (605.000,00 euros) y 2024 (1.210.000,00 euros). De este importe se financiará 1.500.000 euros con cargo al convenio de colaboración entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, y el resto, 315.000 euros, con fondos propios del Ayuntamiento de Madrid.
La cuantía máxima de la subvención por vivienda será de 25.000,00 euros.
El porcentaje del importe de la subvención, sobre el coste real de las actuaciones será:
— Para importes menores o iguales a 1.500,00 euros será subvencionado el 100 por 100
del coste de la actuación.
— A partir de los 1.500,01 euros será subvencionado el 90 por 100.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes de subvención
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención objeto de esta convocatoria
comprenderá el período temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la
BOCM-20230614-69
Tercero. Cuantía
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 435
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Extracto del Decreto de 30 de mayo, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2023 con destino a actuaciones de adaptación de viviendas de personas usuarias de Centros de Día. Proyecto financiado con fondos “Next Generation EU”.
BNDS: 700289
Primero. Objeto
Fomentar la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas dentro del municipio de Madrid, donde residan de manera habitual y permanente personas que tienen
asignado como plan de atención un centro de día, para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad, mediante la inversión en reformas arquitectónicas para la adecuación
de viviendas, la accesibilidad y la eficiencia energética, la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, facilitando la movilidad interior o aumentando la seguridad en el entorno doméstico, y puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.
Segundo. Requisitos de los beneficiarios
— Tener reconocida la situación de dependencia y en su programa individual de
atención y figure como recurso el centro de día.
— Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita
la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de
forma continuada a fecha de la solicitud de la subvención.
— También podrán ser beneficiarios las personas físicas titulares de la vivienda, en
los términos establecidos en el artículo 10.1 de la convocatoria, donde resida al
menos una persona que reúna los requisitos anteriores.
— En aquellos casos que hubiera más de una persona en centro de día en la vivienda
objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
La cuantía total de la convocatoria asciende a 1.815.000 euros, distribuidos en las
anualidades 2023 (605.000,00 euros) y 2024 (1.210.000,00 euros). De este importe se financiará 1.500.000 euros con cargo al convenio de colaboración entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, y el resto, 315.000 euros, con fondos propios del Ayuntamiento de Madrid.
La cuantía máxima de la subvención por vivienda será de 25.000,00 euros.
El porcentaje del importe de la subvención, sobre el coste real de las actuaciones será:
— Para importes menores o iguales a 1.500,00 euros será subvencionado el 100 por 100
del coste de la actuación.
— A partir de los 1.500,01 euros será subvencionado el 90 por 100.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes de subvención
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención objeto de esta convocatoria
comprenderá el período temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la
BOCM-20230614-69
Tercero. Cuantía