Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230613-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 286
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Resolución en fecha 1 de junio de 2023, del Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía en funciones, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas a familias para la promoción del deporte y ocupación del tiempo libre
mediante la realización de campamentos y/o colonias urbanas infantiles durante el verano 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—1. Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores, adoptantes o acogedores del niño/a/s que realiza la actividad subvencionable, residentes en Pozuelo de Alarcón, que consten en el Libro de Familia, en la certificación correspondiente del Registro Civil, o en la resolución administrativa de acogimiento.
En los casos de separación de hecho, judicial o divorcio, será beneficiario el progenitor o adoptante que figure empadronado en Pozuelo de Alarcón, en caso de que solo uno de
ellos acredite esta situación. Si este hecho fuera documentado por los dos progenitores separados o divorciados, será beneficiario aquel que justifique la residencia del menor en su
domicilio en el momento de realizarse la actividad subvencionable.
Si en la documentación acreditativa de la composición de la unidad familiar figurase
un solo progenitor, adoptante o acogedor, será este el único beneficiario. Igual ocurrirá en
los casos en que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante.
En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la
ayuda.
2. Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta
ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en
España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
3. En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una
Institución Pública o persona física.
Segundo. Objeto.—Ayudas a las familias de Pozuelo de Alarcón para costear parcialmente los gastos ocasionados por la realización de campamentos y/o colonias urbanas
de verano en el período estival 2023, como medida de fomento del ocio y tiempo libre, así
como del deporte, durante las vacaciones escolares.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de
Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294,
de 10 de diciembre de 2012.
Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el
año 2023 asciende a 115.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos de 2023 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón 06.2316.48007.
Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas
solicitadas que cumplan los requisitos, las solicitudes se ordenarán cronológicamente (día
y hora de entrada en el Registro) hasta el agotamiento del crédito. Una vez finalizado el procedimiento recogido en el apartado séptimo y siguientes de la presente convocatoria, la diferencia entre el crédito autorizado y la cuantía de las subvenciones concedidas, se liberará a disponible.
La ayuda será de pago único y por importe de hasta 100 euros por cada hijo inscrito en
un campamento o colonia urbana que cumpla los requisitos establecidos en esta convocatoria.
BOCM-20230613-79
Código asignado por la BDNS: 700772
Pág. 286
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Resolución en fecha 1 de junio de 2023, del Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía en funciones, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas a familias para la promoción del deporte y ocupación del tiempo libre
mediante la realización de campamentos y/o colonias urbanas infantiles durante el verano 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—1. Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores, adoptantes o acogedores del niño/a/s que realiza la actividad subvencionable, residentes en Pozuelo de Alarcón, que consten en el Libro de Familia, en la certificación correspondiente del Registro Civil, o en la resolución administrativa de acogimiento.
En los casos de separación de hecho, judicial o divorcio, será beneficiario el progenitor o adoptante que figure empadronado en Pozuelo de Alarcón, en caso de que solo uno de
ellos acredite esta situación. Si este hecho fuera documentado por los dos progenitores separados o divorciados, será beneficiario aquel que justifique la residencia del menor en su
domicilio en el momento de realizarse la actividad subvencionable.
Si en la documentación acreditativa de la composición de la unidad familiar figurase
un solo progenitor, adoptante o acogedor, será este el único beneficiario. Igual ocurrirá en
los casos en que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante.
En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la
ayuda.
2. Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta
ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en
España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
3. En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una
Institución Pública o persona física.
Segundo. Objeto.—Ayudas a las familias de Pozuelo de Alarcón para costear parcialmente los gastos ocasionados por la realización de campamentos y/o colonias urbanas
de verano en el período estival 2023, como medida de fomento del ocio y tiempo libre, así
como del deporte, durante las vacaciones escolares.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de
Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294,
de 10 de diciembre de 2012.
Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el
año 2023 asciende a 115.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos de 2023 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón 06.2316.48007.
Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas
solicitadas que cumplan los requisitos, las solicitudes se ordenarán cronológicamente (día
y hora de entrada en el Registro) hasta el agotamiento del crédito. Una vez finalizado el procedimiento recogido en el apartado séptimo y siguientes de la presente convocatoria, la diferencia entre el crédito autorizado y la cuantía de las subvenciones concedidas, se liberará a disponible.
La ayuda será de pago único y por importe de hasta 100 euros por cada hijo inscrito en
un campamento o colonia urbana que cumpla los requisitos establecidos en esta convocatoria.
BOCM-20230613-79
Código asignado por la BDNS: 700772