Galapagar (BOCM-20230613-68)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 269
quier otro espacio establecido a tal efecto, de los datos de carácter personal necesarios para
los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la
publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el participante en su solicitud en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de
practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
6. Proceso selectivo
El proceso de selección constará de dos fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
7.1. Fase de concurso.—La fase concurso será previa a la fase de oposición, no tendrá
carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Sólo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la presente convocatoria. Serán méritos puntuables:
a) Experiencia profesional, hasta un máximo de 7 puntos. La experiencia profesional
se valorará de la siguiente forma:
1. Por los servicios prestados en el Ayuntamiento de Galapagar y en otras Administraciones Públicas en la categoría de Auxiliar Administrativo y/o Administrativo, se valorarán a razón de 0,70 puntos por cada año de servicio o fracción superior a seis meses.
2. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Galapagar y en otras Administraciones Públicas, en cualquier otra categoría, se valorarán a razón de 0,50
puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.
En el supuesto de que los servicios prestados lo hayan sido en su totalidad en el
Ayuntamiento de Galapagar, podrá eximirse su acreditación siempre y cuando se
indique en la solicitud que la misma sea aportada por parte del Departamento de
Recursos Humanos de esta administración.
b) Formación, hasta un máximo de 3 puntos.
1. Méritos académicos. Se valorará la posesión de titulaciones académicas distintas a la exigida para el desempeño del puesto hasta un máximo de 1 punto,
valorándose un solo título, en los términos siguientes:
— Diplomado o Graduado universitario o equivalente, 0,75 puntos.
— Licenciado universitario, Máster o equivalente, 1 punto.
2. Formación (máximo, 2 puntos). Por la realización de cursos, con una antigüedad no superior a diez años, relacionados con las funciones propias de la Escala/Subescala a la que se pretende acceder.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido impartidos, organizados o avalados por las Administraciones Públicas, así como por centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, y que estén directamente
relacionados con las funciones de la categoría convocada, así como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género, en todo caso, se valorará la
formación en el procedimiento administrativo común, recursos humanos,
contratos, urbanismo, presupuestos, gestión tributaria y recaudación, y se valorarán en función de su duración a razón de 0,010 puntos por hora lectiva.
La calificación de esta fase será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en
los diferentes méritos, sin que el total pueda superar los 10 puntos.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso en el tablón de anun-
BOCM-20230613-68
7. Desarrollo de la fase de concurso-oposición
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 269
quier otro espacio establecido a tal efecto, de los datos de carácter personal necesarios para
los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la
publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el participante en su solicitud en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de
practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
6. Proceso selectivo
El proceso de selección constará de dos fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
7.1. Fase de concurso.—La fase concurso será previa a la fase de oposición, no tendrá
carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Sólo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la presente convocatoria. Serán méritos puntuables:
a) Experiencia profesional, hasta un máximo de 7 puntos. La experiencia profesional
se valorará de la siguiente forma:
1. Por los servicios prestados en el Ayuntamiento de Galapagar y en otras Administraciones Públicas en la categoría de Auxiliar Administrativo y/o Administrativo, se valorarán a razón de 0,70 puntos por cada año de servicio o fracción superior a seis meses.
2. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Galapagar y en otras Administraciones Públicas, en cualquier otra categoría, se valorarán a razón de 0,50
puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.
En el supuesto de que los servicios prestados lo hayan sido en su totalidad en el
Ayuntamiento de Galapagar, podrá eximirse su acreditación siempre y cuando se
indique en la solicitud que la misma sea aportada por parte del Departamento de
Recursos Humanos de esta administración.
b) Formación, hasta un máximo de 3 puntos.
1. Méritos académicos. Se valorará la posesión de titulaciones académicas distintas a la exigida para el desempeño del puesto hasta un máximo de 1 punto,
valorándose un solo título, en los términos siguientes:
— Diplomado o Graduado universitario o equivalente, 0,75 puntos.
— Licenciado universitario, Máster o equivalente, 1 punto.
2. Formación (máximo, 2 puntos). Por la realización de cursos, con una antigüedad no superior a diez años, relacionados con las funciones propias de la Escala/Subescala a la que se pretende acceder.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido impartidos, organizados o avalados por las Administraciones Públicas, así como por centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, y que estén directamente
relacionados con las funciones de la categoría convocada, así como con la materia de riesgos laborales e igualdad de género, en todo caso, se valorará la
formación en el procedimiento administrativo común, recursos humanos,
contratos, urbanismo, presupuestos, gestión tributaria y recaudación, y se valorarán en función de su duración a razón de 0,010 puntos por hora lectiva.
La calificación de esta fase será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en
los diferentes méritos, sin que el total pueda superar los 10 puntos.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso en el tablón de anun-
BOCM-20230613-68
7. Desarrollo de la fase de concurso-oposición