D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230613-35)
Convenio – Convenio de 29 de mayo de 2023, entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través del Instituto Geográfico Nacional y el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, para la ejecución de un vuelo fotogramétrico y la posterior obtención de una cobertura de ortofotos de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 165
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula novena de este Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo, definiendo las tareas a realizar de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en el Convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Tercera
Obligaciones del IGN
El IGN, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
— Capturar vuelo fotogramétrico (VF) con resolución mejorada desde un GSD de 35
cm a un GSD de 22 cm.
— Control de calidad del vuelo fotogramétrico mejorado de 35 cm/píxel a VF a 22
cm/píxel.
— Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Cuarta
Obligaciones del CNIG
El CNIG, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
— Mejora de la resolución de la ortofoto (en adelante OF) pasando de ortofoto básica
de 25 cm/pixel de un vuelo a 35 cm/pixel a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un
vuelo a 22 cm/pixel.
— Distribución de los datos generados en el ámbito de este Convenio a la Comunidad
de Madrid, en particular:
d Copia digital del vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de píxel realizado en
el año 2023.
d Copia digital de las ortofotos provisionales rápidas de 25 cm a partir del vuelo
anterior.
d Copia digital de las ortofotos básicas definitivas de 25 cm de tamaño de píxel
con calidad PNOA25.
d Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA aplicables y de acuerdo con el Anexo I.
Igualmente, informará al Centro Regional de Información Cartográfica, de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
de la Comunidad de Madrid, sobre la ejecución del proyecto y comunicará las incidencias
que pudieran surgir con el fin de tomar decisiones conjuntas para su resolución.
Quinta
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid asume el compromiso de cubrir los gastos derivados de mejorar los productos a generar por el CNIG e IGN en los siguientes aspectos:
— Mejora de la resolución del vuelo PNOA, pasando de un VF de 35 cm/píxel a VF
a 22 cm/píxel.
— Control de calidad del vuelo mejorado de 35 cm/píxel a VF a 22 cm/píxel.
— Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
de un vuelo a 35 cm a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un vuelo a 22 cm.
— Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Sexta
Calendario de ejecución de los trabajos
Las partes acuerdan que este calendario es indicativo y deberá ser flexible, debido a la
propia naturaleza de los trabajos a efectuar, los cuales están supeditados a condiciones meteorológicas favorables.
BOCM-20230613-35
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 165
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula novena de este Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo, definiendo las tareas a realizar de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en el Convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Tercera
Obligaciones del IGN
El IGN, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
— Capturar vuelo fotogramétrico (VF) con resolución mejorada desde un GSD de 35
cm a un GSD de 22 cm.
— Control de calidad del vuelo fotogramétrico mejorado de 35 cm/píxel a VF a 22
cm/píxel.
— Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Cuarta
Obligaciones del CNIG
El CNIG, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
— Mejora de la resolución de la ortofoto (en adelante OF) pasando de ortofoto básica
de 25 cm/pixel de un vuelo a 35 cm/pixel a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un
vuelo a 22 cm/pixel.
— Distribución de los datos generados en el ámbito de este Convenio a la Comunidad
de Madrid, en particular:
d Copia digital del vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de píxel realizado en
el año 2023.
d Copia digital de las ortofotos provisionales rápidas de 25 cm a partir del vuelo
anterior.
d Copia digital de las ortofotos básicas definitivas de 25 cm de tamaño de píxel
con calidad PNOA25.
d Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA aplicables y de acuerdo con el Anexo I.
Igualmente, informará al Centro Regional de Información Cartográfica, de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
de la Comunidad de Madrid, sobre la ejecución del proyecto y comunicará las incidencias
que pudieran surgir con el fin de tomar decisiones conjuntas para su resolución.
Quinta
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid asume el compromiso de cubrir los gastos derivados de mejorar los productos a generar por el CNIG e IGN en los siguientes aspectos:
— Mejora de la resolución del vuelo PNOA, pasando de un VF de 35 cm/píxel a VF
a 22 cm/píxel.
— Control de calidad del vuelo mejorado de 35 cm/píxel a VF a 22 cm/píxel.
— Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
de un vuelo a 35 cm a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un vuelo a 22 cm.
— Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Sexta
Calendario de ejecución de los trabajos
Las partes acuerdan que este calendario es indicativo y deberá ser flexible, debido a la
propia naturaleza de los trabajos a efectuar, los cuales están supeditados a condiciones meteorológicas favorables.
BOCM-20230613-35
Obligaciones de la Comunidad de Madrid