D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230613-26)
Convenio – Adenda de 24 de mayo de 2023, al convenio de colaboración en materia de Educación Infantil, suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación e Investigación, y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 131
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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ADENDA de 24 de mayo de 2023, al convenio de colaboración en materia de
Educación Infantil, suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación e Investigación, y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
REUNIDOS
De una parte, José Ignacio Martín Blasco, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado mediante Decreto 110/2021, de 30 de junio, en representación
de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por
el titular de la Consejería, mediante Orden 11634/2012, de 27 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), a quien le corresponde
la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Consejero por Decreto 44/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid.
De otra, Jorge Capa Carralero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo, de conformidad con lo dispuesto en el 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local de 18 de abril, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y
en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por el Pleno
del Ayuntamiento de Mejorada del Campo en sesión celebrada el 15 de junio de 2019.
Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente
adenda de modificación y, en su virtud,
EXPONEN
Que en el marco del convenio de colaboración en materia de Educación Infantil, de fecha 24 de junio de 2019, suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el día 31 de agosto de 2020.
Este convenio podrá ser prorrogado, con las limitaciones temporales establecidas en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios,
y en las que se concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar.
1. Mantener en el curso escolar 2023-2024 el funcionamiento de los centros y servicios que se indican a continuación:
— Escuela Infantil “Pilocha”.
2. Asumir los compromisos económicos establecidos en dicho convenio y que para
el curso escolar 2023-2024 se especifican en el presupuesto inicial de aportaciones adjunto a esta adenda.
3. La presente prórroga tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2024.
Y para que conste, las partes firman la presente adenda, en el lugar y fecha indicados.
BOCM-20230613-26
ACUERDAN
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
Pág. 131
I. COMUNIDAD DE MADRID
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ADENDA de 24 de mayo de 2023, al convenio de colaboración en materia de
Educación Infantil, suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación e Investigación, y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
REUNIDOS
De una parte, José Ignacio Martín Blasco, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado mediante Decreto 110/2021, de 30 de junio, en representación
de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por
el titular de la Consejería, mediante Orden 11634/2012, de 27 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), a quien le corresponde
la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Consejero por Decreto 44/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid.
De otra, Jorge Capa Carralero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo, de conformidad con lo dispuesto en el 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local de 18 de abril, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y
en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por el Pleno
del Ayuntamiento de Mejorada del Campo en sesión celebrada el 15 de junio de 2019.
Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente
adenda de modificación y, en su virtud,
EXPONEN
Que en el marco del convenio de colaboración en materia de Educación Infantil, de fecha 24 de junio de 2019, suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el día 31 de agosto de 2020.
Este convenio podrá ser prorrogado, con las limitaciones temporales establecidas en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios,
y en las que se concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar.
1. Mantener en el curso escolar 2023-2024 el funcionamiento de los centros y servicios que se indican a continuación:
— Escuela Infantil “Pilocha”.
2. Asumir los compromisos económicos establecidos en dicho convenio y que para
el curso escolar 2023-2024 se especifican en el presupuesto inicial de aportaciones adjunto a esta adenda.
3. La presente prórroga tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2024.
Y para que conste, las partes firman la presente adenda, en el lugar y fecha indicados.
BOCM-20230613-26
ACUERDAN