Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230612-96)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa recogida animales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
96
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE
DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid de fecha 14 de marzo de 2023 sobre modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, mantenimiento y vigilancia de animales de compañía y otros animales
sueltos en todo el ámbito territorial de los municipios que conforman la Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, cuyo texto modificado se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE RECOGIDA, MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA DE ANIMALES
DE COMPAÑÍA Y OTROS ANIMALES SUELTOS POR ESTA
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
Base de imposición y cuotas tributarias
Artículo 4.
EPÍGRAFES
ORDENANZA
Las cuantías de la tasa regulada en esta ordenanza serán las siguientes:
SERVICIO/BASE
EUROS
1.1
Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario laboral diurno
166,00 €
1.2
Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario nocturno, domingos y festivos
265,00 €
2
Por recogida, transporte y tratamiento de animales muertos
67,00 €
3.1
Por esterilización de animal de especie canina o felina
133,00 €
3.2
Por Identificación de animal de especie canina o felina
24,00 €
3.3
Por Vacunación de animal de especie canina o felina
14,00 €
3.4
Por Desparasitación externa de animal de especie canina o felina
14,00 €
3.5
Por Desparasitación interna de animal de especie canina o felina
27,00 €
3.6
Por otras prestaciones no reflejadas en los epígrafes relacionados en animales de especie canina o felina
3.7
Por Protocolo veterinario por animales pequeños y/o exóticos
166,00 €
3.8
Por Protocolo veterinario por animales de granja.
395,00 €
Por Gestión y adopción de animales recogidos
133,00 €
4
5.1
Por cada día de permanencia del animal de especie canina en el centro de deposito
5.2
Por cada día de permanencia del animal de especie felina en el centro de deposito
6
67,00 €
14,00 €
9,00 €
Por tareas administrativas – importe fijo por liquidación practicada
33,00 €
La presente modificación de la ordenanza fiscal, tras su aprobación por acuerdo de la
Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, entrará en vigor
el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
será de aplicación a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Dado en Griñón, a 31 de mayo de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/9.569/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230612-96
La tasa será ingresada directamente en la Tesorería de la Mancomunidad de Servicios
del Suroeste de Madrid por el titular del animal antes de proceder a su recogida en el centro
de depósito de animales, debiendo acreditar la misma según la legislación vigente, en la
cuenta bancaria de titularidad de la entidad de CaixaBank, S. A., tras la emisión de la correspondiente liquidación por parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid”.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
96
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE
DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid de fecha 14 de marzo de 2023 sobre modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, mantenimiento y vigilancia de animales de compañía y otros animales
sueltos en todo el ámbito territorial de los municipios que conforman la Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, cuyo texto modificado se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE RECOGIDA, MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA DE ANIMALES
DE COMPAÑÍA Y OTROS ANIMALES SUELTOS POR ESTA
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
Base de imposición y cuotas tributarias
Artículo 4.
EPÍGRAFES
ORDENANZA
Las cuantías de la tasa regulada en esta ordenanza serán las siguientes:
SERVICIO/BASE
EUROS
1.1
Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario laboral diurno
166,00 €
1.2
Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario nocturno, domingos y festivos
265,00 €
2
Por recogida, transporte y tratamiento de animales muertos
67,00 €
3.1
Por esterilización de animal de especie canina o felina
133,00 €
3.2
Por Identificación de animal de especie canina o felina
24,00 €
3.3
Por Vacunación de animal de especie canina o felina
14,00 €
3.4
Por Desparasitación externa de animal de especie canina o felina
14,00 €
3.5
Por Desparasitación interna de animal de especie canina o felina
27,00 €
3.6
Por otras prestaciones no reflejadas en los epígrafes relacionados en animales de especie canina o felina
3.7
Por Protocolo veterinario por animales pequeños y/o exóticos
166,00 €
3.8
Por Protocolo veterinario por animales de granja.
395,00 €
Por Gestión y adopción de animales recogidos
133,00 €
4
5.1
Por cada día de permanencia del animal de especie canina en el centro de deposito
5.2
Por cada día de permanencia del animal de especie felina en el centro de deposito
6
67,00 €
14,00 €
9,00 €
Por tareas administrativas – importe fijo por liquidación practicada
33,00 €
La presente modificación de la ordenanza fiscal, tras su aprobación por acuerdo de la
Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, entrará en vigor
el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
será de aplicación a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Dado en Griñón, a 31 de mayo de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/9.569/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230612-96
La tasa será ingresada directamente en la Tesorería de la Mancomunidad de Servicios
del Suroeste de Madrid por el titular del animal antes de proceder a su recogida en el centro
de depósito de animales, debiendo acreditar la misma según la legislación vigente, en la
cuenta bancaria de titularidad de la entidad de CaixaBank, S. A., tras la emisión de la correspondiente liquidación por parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid”.