Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230612-96)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa recogida animales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 138

LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

Pág. 319

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
96

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE
DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid de fecha 14 de marzo de 2023 sobre modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, mantenimiento y vigilancia de animales de compañía y otros animales
sueltos en todo el ámbito territorial de los municipios que conforman la Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, cuyo texto modificado se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE RECOGIDA, MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA DE ANIMALES
DE COMPAÑÍA Y OTROS ANIMALES SUELTOS POR ESTA
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
Base de imposición y cuotas tributarias
Artículo 4.
EPÍGRAFES
ORDENANZA

Las cuantías de la tasa regulada en esta ordenanza serán las siguientes:
SERVICIO/BASE

EUROS

1.1

Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario laboral diurno

166,00 €

1.2

Por recogida y traslado hasta el centro de depósito de animales en horario nocturno, domingos y festivos

265,00 €

2

Por recogida, transporte y tratamiento de animales muertos

67,00 €

3.1

Por esterilización de animal de especie canina o felina

133,00 €

3.2

Por Identificación de animal de especie canina o felina

24,00 €

3.3

Por Vacunación de animal de especie canina o felina

14,00 €

3.4

Por Desparasitación externa de animal de especie canina o felina

14,00 €

3.5

Por Desparasitación interna de animal de especie canina o felina

27,00 €

3.6

Por otras prestaciones no reflejadas en los epígrafes relacionados en animales de especie canina o felina

3.7

Por Protocolo veterinario por animales pequeños y/o exóticos

166,00 €

3.8

Por Protocolo veterinario por animales de granja.

395,00 €

Por Gestión y adopción de animales recogidos

133,00 €

4
5.1

Por cada día de permanencia del animal de especie canina en el centro de deposito

5.2

Por cada día de permanencia del animal de especie felina en el centro de deposito

6

67,00 €

14,00 €
9,00 €

Por tareas administrativas – importe fijo por liquidación practicada

33,00 €

La presente modificación de la ordenanza fiscal, tras su aprobación por acuerdo de la
Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, entrará en vigor
el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
será de aplicación a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Dado en Griñón, a 31 de mayo de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/9.569/23)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230612-96

La tasa será ingresada directamente en la Tesorería de la Mancomunidad de Servicios
del Suroeste de Madrid por el titular del animal antes de proceder a su recogida en el centro
de depósito de animales, debiendo acreditar la misma según la legislación vigente, en la
cuenta bancaria de titularidad de la entidad de CaixaBank, S. A., tras la emisión de la correspondiente liquidación por parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid”.