Patones (BOCM-20230612-77)
Régimen económico. Ordenanza fiscal productos audiovisuales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 138
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
PATONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
acreditándose mediante certificado de secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación de la modificación definitiva del artículo 25
de la ordenanza fiscal reguladora del productos audiovisuales en el término municipal de
Patones y derogación de la anterior, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL Y REGULADORA DE PRODUCTOS AUDIOVISUALES
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PATONES
BOCM-20230612-77
Artículo 25. Tasas.—Las tasas por ocupación de espacios deberán ser abonadas con
anterioridad al comienzo del rodaje o reportaje fotográfico. El hecho imponible es la verificación de que los actos y usos son conformes con esta ordenanza, así como la tramitación
y expedición de licencia.
— Tasa por rodaje: 1.000 euros/día (incluye todo el término municipal).
— Tasa por reportaje: 300 euros/día (incluye todo el término municipal).
No procederá la devolución de la tasa cuando se haya cumplido el hecho imponible y/o
por causas imputables al sujeto pasivo.
Patones, a 31 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente en funciones, Óscar Sanz García.
(03/9.603/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 138
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
PATONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
acreditándose mediante certificado de secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación de la modificación definitiva del artículo 25
de la ordenanza fiscal reguladora del productos audiovisuales en el término municipal de
Patones y derogación de la anterior, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL Y REGULADORA DE PRODUCTOS AUDIOVISUALES
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PATONES
BOCM-20230612-77
Artículo 25. Tasas.—Las tasas por ocupación de espacios deberán ser abonadas con
anterioridad al comienzo del rodaje o reportaje fotográfico. El hecho imponible es la verificación de que los actos y usos son conformes con esta ordenanza, así como la tramitación
y expedición de licencia.
— Tasa por rodaje: 1.000 euros/día (incluye todo el término municipal).
— Tasa por reportaje: 300 euros/día (incluye todo el término municipal).
No procederá la devolución de la tasa cuando se haya cumplido el hecho imponible y/o
por causas imputables al sujeto pasivo.
Patones, a 31 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente en funciones, Óscar Sanz García.
(03/9.603/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791