Parla (BOCM-20230612-74)
Personal. Acuerdo condiciones trabajo implantación 35 horas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
Pág. 289
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
PARLA
PERSONAL
BOCM-20230612-74
La Junta de Gobierno Local, con fecha 12 de mayo de 2023, ha aprobado las siguientes modificaciones del Acuerdo de Materias Comunes y Condiciones de trabajo Comunes
al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Parla en relación a la implantación
de la jornada laboral de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, acordada en la
Mesa General de Negociación:
Primero.—Modificar la actual redacción del artículo 18.1 del Acuerdo de Materias y
Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“La jornada de trabajo es la cantidad de tiempo o número de horas que la persona trabajadora está obligada a prestar sus servicios de forma efectiva al día, a la semana, al mes o al año.
La jornada anual del personal municipal del Ayuntamiento de Parla se computará en
cuantía anual y supondrá un promedio semanal de treinta y cinco horas, sin perjuicio de las
jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan”.
Segundo.—Modificar la actual redacción del artículo 19.A.i) del Acuerdo de Materias
y Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“i. Horario fijo de presencia: se establece con carácter general el horario fijo de presencia en el puesto de trabajo entre las. 9:00 y las 14:30 horas de lunes a viernes”.
Tercero.—Modificar la actual redacción del artículo 24.m del Acuerdo de Materias y
Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“m) Los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerradas las oficinas públicas, a excepción del servicio de Seguridad Ciudadana.
Los calendarios laborales incorporarán dos días de permiso cuando los días 24 y 31 de
diciembre coincidan en festivo, sábado o día no laborable.
Los/as empleados/as que presten servicio los días 24 y/o 31 de diciembre serán compensados con un día y medio de libranza por cada uno de ellos.
Asimismo, los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo,
un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año. Por parte del órgano competente y con anterioridad al día 31
de enero de cada año se determinará, cuando proceda, la incorporación de los días de permiso a que se refiere este apartado y se establecerán las instrucciones que, en esta materia,
deben respetar los citados calendarios laborales”.
Cuarto.—El presente acuerdo entrará en vigor el 1 de junio de 2023.
En Parla, a 31 de mayo de 2023.—El concejal-delegado del Área Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(03/9.553/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 138
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BOCM-20230612-74
La Junta de Gobierno Local, con fecha 12 de mayo de 2023, ha aprobado las siguientes modificaciones del Acuerdo de Materias Comunes y Condiciones de trabajo Comunes
al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Parla en relación a la implantación
de la jornada laboral de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, acordada en la
Mesa General de Negociación:
Primero.—Modificar la actual redacción del artículo 18.1 del Acuerdo de Materias y
Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“La jornada de trabajo es la cantidad de tiempo o número de horas que la persona trabajadora está obligada a prestar sus servicios de forma efectiva al día, a la semana, al mes o al año.
La jornada anual del personal municipal del Ayuntamiento de Parla se computará en
cuantía anual y supondrá un promedio semanal de treinta y cinco horas, sin perjuicio de las
jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan”.
Segundo.—Modificar la actual redacción del artículo 19.A.i) del Acuerdo de Materias
y Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“i. Horario fijo de presencia: se establece con carácter general el horario fijo de presencia en el puesto de trabajo entre las. 9:00 y las 14:30 horas de lunes a viernes”.
Tercero.—Modificar la actual redacción del artículo 24.m del Acuerdo de Materias y
Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla quedando como se expone a continuación:
“m) Los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerradas las oficinas públicas, a excepción del servicio de Seguridad Ciudadana.
Los calendarios laborales incorporarán dos días de permiso cuando los días 24 y 31 de
diciembre coincidan en festivo, sábado o día no laborable.
Los/as empleados/as que presten servicio los días 24 y/o 31 de diciembre serán compensados con un día y medio de libranza por cada uno de ellos.
Asimismo, los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo,
un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año. Por parte del órgano competente y con anterioridad al día 31
de enero de cada año se determinará, cuando proceda, la incorporación de los días de permiso a que se refiere este apartado y se establecerán las instrucciones que, en esta materia,
deben respetar los citados calendarios laborales”.
Cuarto.—El presente acuerdo entrará en vigor el 1 de junio de 2023.
En Parla, a 31 de mayo de 2023.—El concejal-delegado del Área Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(03/9.553/23)
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