D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230612-39)
Convenio –  Convenio de 30 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para la realización de material formativo sobre uso de pantallas, sedentarismo, ocio pasivo y obesidad infantil en el marco de la Escuela Madrileña de Salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 138

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
39

CONVENIO de 30 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de
la Consejería de Sanidad y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para
la realización de material formativo sobre uso de pantallas, sedentarismo, ocio
pasivo y obesidad infantil en el marco de la Escuela Madrileña de Salud.
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad en funciones, nombrado
mediante Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en
ejercicio de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad conforme a los
artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de
la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, D.a Silvia Meije Nadal, en nombre y representación de la Fundación para
la Diabetes Novo Nordisk, con NIF G-82105446, con domicilio social en la Vía de los Poblados, número 3, Parque Empresarial “Cristalia”, edificio 6, cuarta planta, 28033 Madrid, en virtud del poder otorgado según consta en escritura pública autorizada por D. Juan Aznar de la
Haza, notario de Madrid, el día 7 de abril de 2022, con el número 1943 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas y se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio.
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Segundo
Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de
la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en materia de humanización sanitaria. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe
de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones
institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en diferentes niveles y a lo largo del proceso asistencial, según
lo previsto en el apartado h) del artículo 4 del Decreto 1/2022, de 19 de enero.
Asimismo, el apartado i) de dicho artículo se refiere a la promoción, planificación, desarrollo y despliegue de las actuaciones relativas a la Escuela Madrileña de Salud.
De acuerdo con el artículo 2 de la Orden 552/2021, de 30 de abril, de la Consejería de
Sanidad, por la que se regula la actividad de la Escuela Madrileña de Salud, dicha escuela
es una iniciativa orientada a promover la adopción de hábitos y estilos de vida saludables y

BOCM-20230612-39

Tercero