C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230612-27)
Bases subvenciones – Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
proyectos tractores de digitalización sectorial. De acuerdo con lo previsto en el PRTR, dicha inversión —que incluye que al menos 1.600 pequeños polígonos industriales y ámbitos empresariales alcancen una velocidad de conectividad de 1-Gigabit—, deberá haberse
implementado a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Estas actuaciones enlazan con las contempladas en el Plan para el despliegue de infraestructuras digitales previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance
científico y tecnológico, que incluye el despliegue de redes de banda ancha de velocidad ultra rápida para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad, avanzando así en la consecución de los objetivos establecidos por la Comisión Europea en el documento “La conectividad para un mercado único digital competitivo-hacia una sociedad
europea del Gigabit”, esto es, acceso fijo a 1 Gbps para los motores socioeconómicos, acceso fijo universal para todos los hogares (rurales y urbanos) a una conexión a Internet que
ofrezca velocidades de bajada de al menos 100 Mbps, y acceso móvil 5G en todas las zonas urbanas y principales vías de comunicación.
Para dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda España Digital 2025, la Comunidad de Madrid ha querido materializar la continuidad de su compromiso con las políticas en
materia de innovación, en concreto con el Plan España Digital 2025, fomentando su conocimiento, estudio e implementación a través del eje de Conectividad de su Política Digital,
con el objetivo principal de desarrollar actuaciones para fomentar el despliegue de redes y
servicios de banda ancha en orden a garantizar la conectividad digital, con el objetivo de llegar al 100% de la conectividad en tecnologías de banda ancha en todo el territorio.
La Comunidad de Madrid, ha sido beneficiaria directa de ayudas, según lo establecido en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la
ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y
centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por
lo tanto, y en el cumplimiento de sus obligaciones, aprueba estas bases reguladoras, y convoca subvenciones, por medio de la presente orden, para que puedan ser solicitadas por los
que serán los destinatarios últimos, tal y como ha determinado el legislador estatal en los
artículos 4.2 y 6.2 del Real Decreto de referencia.
Esta orden se estructura en dos títulos. El primero establece las bases reguladoras para
la concesión de ayudas destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid. El segundo contiene la primera convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, todo ello en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. Podrán realizarse nuevas convocatorias en función de la disponibilidad presupuestaria, ya sea por el no agotamiento del crédito disponible o por la recepción de nuevos fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como se prevé en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.
En la elaboración de estas normas reguladoras se observan los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se garantizan por un lado los principios de necesidad y eficacia, puesto que esta norma se considera el instrumento más indicado para alcanzar la consecución de los objetivos
conjuntos marcados para la Unión Europea por el Consejo Europeo, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se da cumplimiento además al principio de proporcionalidad en tanto que el fomento a través de subvenciones es potestativo para los destinatarios y no impone obligación alguna de concurrencia. Con respecto al principio de
seguridad jurídica, estas bases reguladoras son coherentes con el resto del ordenamiento jurídico aplicable.
Por otro lado, en estas normas se aplica el principio de transparencia y eficiencia. El
primero dando cumplida información de las razones y motivos que la originan, así como de
sus objetivos y criterios de adjudicación. Los instrumentos que se utilizarán para garantizar
esta transparencia serán, entre otros, el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Para garantizar el principio de eficiencia, se
ha eliminado cualquier trámite innecesario que pueda generar una carga administrativa inútil para la consecución de los fines de las ayudas y se ha potenciado el uso de medios electrónicos para presentar y tramitar las solicitudes.
Por lo que respecta a la tramitación, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 61.2 del
Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha recabado el informe de los Servicios Jurídi-
Pág. 117
BOCM-20230612-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
proyectos tractores de digitalización sectorial. De acuerdo con lo previsto en el PRTR, dicha inversión —que incluye que al menos 1.600 pequeños polígonos industriales y ámbitos empresariales alcancen una velocidad de conectividad de 1-Gigabit—, deberá haberse
implementado a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Estas actuaciones enlazan con las contempladas en el Plan para el despliegue de infraestructuras digitales previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance
científico y tecnológico, que incluye el despliegue de redes de banda ancha de velocidad ultra rápida para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad, avanzando así en la consecución de los objetivos establecidos por la Comisión Europea en el documento “La conectividad para un mercado único digital competitivo-hacia una sociedad
europea del Gigabit”, esto es, acceso fijo a 1 Gbps para los motores socioeconómicos, acceso fijo universal para todos los hogares (rurales y urbanos) a una conexión a Internet que
ofrezca velocidades de bajada de al menos 100 Mbps, y acceso móvil 5G en todas las zonas urbanas y principales vías de comunicación.
Para dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda España Digital 2025, la Comunidad de Madrid ha querido materializar la continuidad de su compromiso con las políticas en
materia de innovación, en concreto con el Plan España Digital 2025, fomentando su conocimiento, estudio e implementación a través del eje de Conectividad de su Política Digital,
con el objetivo principal de desarrollar actuaciones para fomentar el despliegue de redes y
servicios de banda ancha en orden a garantizar la conectividad digital, con el objetivo de llegar al 100% de la conectividad en tecnologías de banda ancha en todo el territorio.
La Comunidad de Madrid, ha sido beneficiaria directa de ayudas, según lo establecido en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la
ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y
centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por
lo tanto, y en el cumplimiento de sus obligaciones, aprueba estas bases reguladoras, y convoca subvenciones, por medio de la presente orden, para que puedan ser solicitadas por los
que serán los destinatarios últimos, tal y como ha determinado el legislador estatal en los
artículos 4.2 y 6.2 del Real Decreto de referencia.
Esta orden se estructura en dos títulos. El primero establece las bases reguladoras para
la concesión de ayudas destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid. El segundo contiene la primera convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, todo ello en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. Podrán realizarse nuevas convocatorias en función de la disponibilidad presupuestaria, ya sea por el no agotamiento del crédito disponible o por la recepción de nuevos fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como se prevé en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.
En la elaboración de estas normas reguladoras se observan los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se garantizan por un lado los principios de necesidad y eficacia, puesto que esta norma se considera el instrumento más indicado para alcanzar la consecución de los objetivos
conjuntos marcados para la Unión Europea por el Consejo Europeo, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se da cumplimiento además al principio de proporcionalidad en tanto que el fomento a través de subvenciones es potestativo para los destinatarios y no impone obligación alguna de concurrencia. Con respecto al principio de
seguridad jurídica, estas bases reguladoras son coherentes con el resto del ordenamiento jurídico aplicable.
Por otro lado, en estas normas se aplica el principio de transparencia y eficiencia. El
primero dando cumplida información de las razones y motivos que la originan, así como de
sus objetivos y criterios de adjudicación. Los instrumentos que se utilizarán para garantizar
esta transparencia serán, entre otros, el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Para garantizar el principio de eficiencia, se
ha eliminado cualquier trámite innecesario que pueda generar una carga administrativa inútil para la consecución de los fines de las ayudas y se ha potenciado el uso de medios electrónicos para presentar y tramitar las solicitudes.
Por lo que respecta a la tramitación, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 61.2 del
Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha recabado el informe de los Servicios Jurídi-
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