C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230609-23)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 136
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes de subvención se presentarán en
el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria, en forma de extracto.
Únicamente se podrá presentar una solicitud por solicitante y un solo programa de actividades desarrollado en el Anexo II de la convocatoria.
Sexto
Otros datos
BOCM-20230609-23
1. Las actividades subvencionables del programa deberán ser realizadas entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2023 y deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. El pago de la subvención se realizará con carácter previo a la justificación, sin exigencia de garantías.
Madrid, a 31 de mayo de 2023.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en
funciones, Enrique López López, P. D. (Orden 10 de diciembre de 2021), la Viceconsejera
de Justicia y Víctimas, Yolanda Ibarrola de la Fuente.
(03/9.727/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 84
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VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 136
Quinto
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el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria, en forma de extracto.
Únicamente se podrá presentar una solicitud por solicitante y un solo programa de actividades desarrollado en el Anexo II de la convocatoria.
Sexto
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1. Las actividades subvencionables del programa deberán ser realizadas entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2023 y deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. El pago de la subvención se realizará con carácter previo a la justificación, sin exigencia de garantías.
Madrid, a 31 de mayo de 2023.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en
funciones, Enrique López López, P. D. (Orden 10 de diciembre de 2021), la Viceconsejera
de Justicia y Víctimas, Yolanda Ibarrola de la Fuente.
(03/9.727/23)
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ISSN 1989-4791