C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230609-26)
Concesión ayudas –  Resolución 2837/2023, de 7 de junio, de la Directora General de Integración, por la que se conceden ayudas del bono social térmico 2022 a 27.544 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 136

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
26

RESOLUCIÓN 2837/2023, de 7 de junio, de la Directora General de Integración, por la que se conceden ayudas del bono social térmico 2022 a 27.544 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021 en la Comunidad
de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2022.

Primero
El Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-Ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de
Madrid para la gestión y pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla
la Orden 1478/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social
por la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto

Quinto
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 8 de marzo de 2023, se autoriza un gasto por
importe de 70.053.547,18 euros para el pago de las ayudas del bono social térmico de 2022
en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232G
del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

BOCM-20230609-26

Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de 21 de noviembre de 2022, se autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 35.345.607,97 euros en concepto Bono Social Térmico 2022. Asimismo, por Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 21 de diciembre
de 2022, se autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 34.707.939,21 euros en
concepto de incremento del Bono Social Térmico para el año 2022. El importe total destinado al pago de las ayudas del Bono Social Térmico 2022 con el incremento incluido es de
setenta millones cincuenta y tres mil quinientos cuarenta y siete euros con dieciocho céntimos (70.053.547,18 euros), con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.