Madrid (BOCM-20230608-48)
Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 135
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Agencia para el Empleo, por
la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a entidades e instituciones de
carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el
marco de los planes de barrio en las anualidades 2023 y 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones.
Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que pongan en marcha, implantación y desarrollo de itinerarios de empleabilidad en aquellos barrios de la ciudad de Madrid que tienen una mayor incidencia de desempleo entre sus habitantes y un índice mayor de vulnerabilidad y riesgo de
exclusión social, facilitando el acercamiento al mercado de trabajo de sus habitantes desempleados por medio de la información, el acompañamiento, la orientación, el asesoramiento,
la formación y la intermediación, de cara a conseguir su inserción laboral.
Segundo. Objeto.—El objeto será la finalidad de mejorar el acceso al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con
más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales,
la intervención se focalizará en el 2023 específicamente en los barrios y zonas colindantes de:
— San Isidro (Carabanchel).
— Orcasur (Usera).
— Entrevías (Puente de Vallecas).
— San Diego (Puente de Vallecas).
— Portazgo (Puente Vallecas).
— San Cristóbal (Villaverde).
— Villaverde Alto (Villaverde).
— Hellín (San Blas-Canillejas).
— San Fermín (Usera).
En el año 2024 la relación de los barrios donde se focalizará la intervención podrá ser
modificada. La relación de barrios para esa anualidad se publicará mediante resolución del
gerente de la Agencia para el Empleo.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo del
Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, modificada por el
acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.
Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 euros), de los cuales, trescientos un mil cien euros
(301.100 euros) en el año 2023 y trescientos un mil cien euros (301.100 euros) en el año 2024.
Dichos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 503/140/232.01/489.01 "Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro" del presupuesto de la Agencia para el Empleo de
Madrid 2023 o la equivalente en el ejercicio 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20230608-48
BDNS: 699623
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 135
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Agencia para el Empleo, por
la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a entidades e instituciones de
carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el
marco de los planes de barrio en las anualidades 2023 y 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones.
Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que pongan en marcha, implantación y desarrollo de itinerarios de empleabilidad en aquellos barrios de la ciudad de Madrid que tienen una mayor incidencia de desempleo entre sus habitantes y un índice mayor de vulnerabilidad y riesgo de
exclusión social, facilitando el acercamiento al mercado de trabajo de sus habitantes desempleados por medio de la información, el acompañamiento, la orientación, el asesoramiento,
la formación y la intermediación, de cara a conseguir su inserción laboral.
Segundo. Objeto.—El objeto será la finalidad de mejorar el acceso al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con
más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales,
la intervención se focalizará en el 2023 específicamente en los barrios y zonas colindantes de:
— San Isidro (Carabanchel).
— Orcasur (Usera).
— Entrevías (Puente de Vallecas).
— San Diego (Puente de Vallecas).
— Portazgo (Puente Vallecas).
— San Cristóbal (Villaverde).
— Villaverde Alto (Villaverde).
— Hellín (San Blas-Canillejas).
— San Fermín (Usera).
En el año 2024 la relación de los barrios donde se focalizará la intervención podrá ser
modificada. La relación de barrios para esa anualidad se publicará mediante resolución del
gerente de la Agencia para el Empleo.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo del
Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, modificada por el
acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.
Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 euros), de los cuales, trescientos un mil cien euros
(301.100 euros) en el año 2023 y trescientos un mil cien euros (301.100 euros) en el año 2024.
Dichos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 503/140/232.01/489.01 "Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro" del presupuesto de la Agencia para el Empleo de
Madrid 2023 o la equivalente en el ejercicio 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20230608-48
BDNS: 699623