C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230608-18)
Convocatoria ayudas – Orden 1729/2023, de 19 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2022-2023, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a convenio colectivo ni a acuerdo sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 135
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
Pág. 61
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
18
ORDEN 1729/2023, de 19 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las
ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2022-2023, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a convenio
colectivo ni a acuerdo sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid.
El Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial Docente de la Comunidad de Madrid firmado el 27 de
julio de 2004, por el Consejero de Educación y las organizaciones sindicales, recoge en el punto 4 del apartado B) del epígrafe 6 (Licencias, Permisos y Acción Social) que la Consejería de
Educación (en la actualidad, Vicepresidencia, Consejería de Educación, y Universidades) dotará anualmente un fondo para ayudas por los gastos de desplazamiento por el desempeño del trabajo, destinadas al personal incluido en el ámbito de aplicación del citado Acuerdo.
Asimismo, establece que dicho fondo se distribuirá con los mismos criterios que para el
mismo período se establezcan para los funcionarios docentes, criterios que para este personal
se determinan en el artículo 22 del Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid que imparte enseñanzas no universitarias, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2006, actualmente en vigor, que señala que dicho personal percibirá, a la finalización de cada curso
escolar, 100 euros en concepto de ayuda por gastos de desplazamiento por curso completo o
cuantía proporcional a la prestación efectiva de servicios, cuando ésta fuera inferior al año,
añadiendo que, una vez determinado el importe global en aplicación de la anterior medida, la
cuantía restante del fondo se repartirá mediante el procedimiento que se establezca en la convocatoria que, a tal efecto, aprobará la consejería competente en materia de Educación.
En cumplimiento de lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONGO
Primero
La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria del procedimiento para la
concesión de una ayuda económica al personal laboral docente que imparte religión y moral
católica o de cualquier otra confesión que tenga suscrito Acuerdo con el Estado español en
materia de enseñanza de religión, y a los asesores lingüísticos contratados según el Convenio con el British Council, al servicio de la Comunidad de Madrid, para financiar los gastos
generados por los desplazamientos efectuados para el desempeño de su puesto de trabajo, durante el curso escolar 2022/2023. Todo ello según lo previsto en el punto 4 del apartado b) del
epígrafe 6 del Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente
no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial Docente de la Comunidad de
Madrid, firmado el 27 de julio de 2004.
BOCM-20230608-18
Objeto
B.O.C.M. Núm. 135
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
Pág. 61
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
18
ORDEN 1729/2023, de 19 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las
ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2022-2023, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a convenio
colectivo ni a acuerdo sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid.
El Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial Docente de la Comunidad de Madrid firmado el 27 de
julio de 2004, por el Consejero de Educación y las organizaciones sindicales, recoge en el punto 4 del apartado B) del epígrafe 6 (Licencias, Permisos y Acción Social) que la Consejería de
Educación (en la actualidad, Vicepresidencia, Consejería de Educación, y Universidades) dotará anualmente un fondo para ayudas por los gastos de desplazamiento por el desempeño del trabajo, destinadas al personal incluido en el ámbito de aplicación del citado Acuerdo.
Asimismo, establece que dicho fondo se distribuirá con los mismos criterios que para el
mismo período se establezcan para los funcionarios docentes, criterios que para este personal
se determinan en el artículo 22 del Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid que imparte enseñanzas no universitarias, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2006, actualmente en vigor, que señala que dicho personal percibirá, a la finalización de cada curso
escolar, 100 euros en concepto de ayuda por gastos de desplazamiento por curso completo o
cuantía proporcional a la prestación efectiva de servicios, cuando ésta fuera inferior al año,
añadiendo que, una vez determinado el importe global en aplicación de la anterior medida, la
cuantía restante del fondo se repartirá mediante el procedimiento que se establezca en la convocatoria que, a tal efecto, aprobará la consejería competente en materia de Educación.
En cumplimiento de lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONGO
Primero
La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria del procedimiento para la
concesión de una ayuda económica al personal laboral docente que imparte religión y moral
católica o de cualquier otra confesión que tenga suscrito Acuerdo con el Estado español en
materia de enseñanza de religión, y a los asesores lingüísticos contratados según el Convenio con el British Council, al servicio de la Comunidad de Madrid, para financiar los gastos
generados por los desplazamientos efectuados para el desempeño de su puesto de trabajo, durante el curso escolar 2022/2023. Todo ello según lo previsto en el punto 4 del apartado b) del
epígrafe 6 del Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente
no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial Docente de la Comunidad de
Madrid, firmado el 27 de julio de 2004.
BOCM-20230608-18
Objeto