Madrid (BOCM-20230607-101)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Piñuécar-Gandullas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
Pág. 311
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
101
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20230607-101
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 8 de mayo de 2023 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Doce. Piñuecar Gandullas.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Piñuecar Gandullas,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 21 de junio de 2022, en la que se propone como candidato para el cargo de Juez de Paz titular de Piñuecar Gandullas a don Víctor Álvarez Lobo.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 21 de junio de 2022 del Ayuntamiento de Piñuecar
Gandullas y nombrar juez de paz titular de la localidad a don Víctor Álvarez Lobo.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Piñuecar Gandullas, al Juzgado de
Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su
publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 8 de mayo de 2023.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo
(03/9.296/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 134
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MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
Pág. 311
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
101
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20230607-101
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 8 de mayo de 2023 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Doce. Piñuecar Gandullas.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Piñuecar Gandullas,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 21 de junio de 2022, en la que se propone como candidato para el cargo de Juez de Paz titular de Piñuecar Gandullas a don Víctor Álvarez Lobo.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 21 de junio de 2022 del Ayuntamiento de Piñuecar
Gandullas y nombrar juez de paz titular de la localidad a don Víctor Álvarez Lobo.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Piñuecar Gandullas, al Juzgado de
Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su
publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 8 de mayo de 2023.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo
(03/9.296/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791