El Escorial (BOCM-20230607-75)
Régimen económico. Ordenanza ayudas emergencia social
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 134
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230607-75
Detectado error material en el texto modificado de la “Ordenanza municipal reguladora
de las ayudas de emergencia social de El Escorial”, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID numero de 128, fecha 31 de mayo de 2023, se procede a corregir
el texto del artículo 4.2, Requisitos para obtener la ayuda, quedando como sigue:
“Las personas y familias deberán estar empadronadas y tener residencia efectiva en el
municipio de El Escorial al menos 3 meses, excepto si los solicitantes son desplazados de su
país de origen por una situación de conflicto bélico, debidamente justificado, que sería de 15
días con antelación a la fecha de presentación de la solicitud y mientras se perciba la ayuda. Se exceptúan de este requisito mujeres víctimas de violencia de genero con orden de
alejamiento en vigor, menores retornados tras medida de protección y personas refugiadas”.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 6 de junio de 2023.—La concejala-delegada de Servicios Sociales,
Paloma Menéndez García.
(03/9.864/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 134
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230607-75
Detectado error material en el texto modificado de la “Ordenanza municipal reguladora
de las ayudas de emergencia social de El Escorial”, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID numero de 128, fecha 31 de mayo de 2023, se procede a corregir
el texto del artículo 4.2, Requisitos para obtener la ayuda, quedando como sigue:
“Las personas y familias deberán estar empadronadas y tener residencia efectiva en el
municipio de El Escorial al menos 3 meses, excepto si los solicitantes son desplazados de su
país de origen por una situación de conflicto bélico, debidamente justificado, que sería de 15
días con antelación a la fecha de presentación de la solicitud y mientras se perciba la ayuda. Se exceptúan de este requisito mujeres víctimas de violencia de genero con orden de
alejamiento en vigor, menores retornados tras medida de protección y personas refugiadas”.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 6 de junio de 2023.—La concejala-delegada de Servicios Sociales,
Paloma Menéndez García.
(03/9.864/23)
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ISSN 1989-4791