Alcorcón (BOCM-20230606-66)
Organización y funcionamiento. Ordenanza licencias y control urbanístico
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 133

3. Contrato de gestión de residuos con empresa autorizada y justificante de empresa
autorizada por la Comunidad de Madrid.
4. Alta en el registro de empresas generadoras de residuos.
5. Solicitud de vertido si supera en caso necesario. Según Ordenanza Reguladora de
Vertidos al Sistema Integral de Saneamiento.
6. Documento de Identificación industrial en caso necesario. Según Ordenanza Reguladora de Vertidos al Sistema Integral de Saneamiento.
7. Documento de alta en el Registro Industrial de la Comunidad de Madrid.
8. Si dispone de cabina de pintura documento de autorización ambiental o notificación ambiental de la Comunidad de Madrid.
9. Registro de presentación del informe preliminar del suelo en la Comunidad de
Madrid, si procede.
10. Registro de las instalaciones petrolíferas registrado en Organismo de Control Autorizado.
11. Certificado de registro de la instalación de equipos a presión en la Comunidad de
Madrid, si procede.
12. Certificado del técnico de comprobación de la estanqueidad y uso exclusivo de la
chimenea de salida de humos procedentes de la extracción del taller, si procede.
13. Certificado de homologación de los aparatos elevadores y otros aparatos relacionados en el proyecto (Marcado CE de la maquinaria del taller).
2.2.2.6. Almacenes:
1. Registro de puesta en servicio de instalaciones de protección contra incendios en
establecimientos industriales. Según Reglamento de Seguridad Contra Incendios
en los Establecimientos Industriales RSCIEI.
2. Contrato de suministro de la red de agua contraincendios con CYII, en caso de
precisar suministro de agua para PCI.
2.2.2.7. Actividades de uso garaje aparcamiento:
1. Registro de puesta en servicio de instalaciones de protección contra incendios en
establecimientos no industriales. Según Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios RIPCI. Si el local dispone únicamente de extintores NO resulta preciso. Si dispone de cualquier otro medio de protección contra incendios
como detección, bies, rociadores, etc. SÍ se precisa.
2. Certificado, visado en los términos legalmente establecidos o aportando certificado de colegiación y habilitación para el ejercicio de la profesión del técnico firmante, de medición acústica de la transmisión a las viviendas más desfavorables
con la maquinaria de ventilación funcionando a plena potencia firmado por Técnico Competente y visado.
3. El contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios
debe incluir el abastecimiento de agua contra incendios y las instalaciones de detección de CO y extracción en caso de disponer de ellas.
4. Contrato de suministro de la red de agua contraincendios con CYII, en caso de
precisar suministro de agua para PCI.
5. Acuerdo/contrato con el Canal de Isabel II que justifique la ejecución y conexión
del hidrante en la vía pública (en caso de que proceda).
6. Certificado del sistema de extracción de humos donde se especifique la clasificación de los ventiladores y los conductos.
7. Certificado del técnico de comprobación de la estanqueidad y uso exclusivo de las
chimeneas de salida de humos procedentes de la extracción del garaje-aparcamiento.
2.2.2.8. Otras actividades:
Para actividades diferentes a las descritas en la relación anterior se presentará la documentación común para todas las actividades, así como la que corresponda según las instalaciones de que disponga y actividad que se realice.
Madrid, a 23 de mayo de 2023.—El concejal-delegado de Urbanismo, Obras Públicas
y Mantenimiento (firmado).
(03/9.153/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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