Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230606-59)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 133

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Rabiza Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Rabiza Solar de 75 MW de potencia instalada en los términos municipales de Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, en la provincia de Madrid.
Rabiza Solar, S. L. U., solicitó, con fecha 6 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa para la planta solar fotovoltaica Rabiza Solar de 75 MW de potencia instalada, en los términos municipales de Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, en la provincia de Madrid.
Con fecha 6 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la planta solar fotovoltaica Recova Solar, de 85 MWp; de autorización administrativa previa de la
planta solar fotovoltaica Regata Solar de 51,00 MWp, la Subestación Transformadora Regata 132/30 kV y E/S en ST Regata de L/132 kV ST Recova-ST Morata Renovables, y autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la Subestación Transformadora Regata 132/30 kV y E/S en ST Regata de L/132 kV ST Recova - ST
Morata Renovables; y de autorización administrativa previa de Rabiza Solar de 85 MWp,
así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid.
Con fecha 14 de abril de 2023 esta Dirección General de Política Energética y Minas
acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Recova Solar, de 85 MWp, Regata Solar, de 57,12 MWp, Rabiza Solar, de 85,29 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la
parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de
Estado de Defensa del Ministerio de Defensa. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones del Canal de Isabel II, S. A., de Telefónica, S. A., de
UFD Distribución Electricidad, S. A., y de la Confederación Hidrográfica del Tajo de la en
las que se recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con
las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, en el que se recogen condicionados técnicos a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se da traslado al promotor
de dicha contestación, el cual responde prestando conformidad al condicionado técnico.
Preguntados el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo; el Ayuntamiento de Colmenar de
Oreja; la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA); la Dirección General de Urbanismo
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid;
Urbatajo, S. L.; y Enagás, S. A., no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 16 de noviembre de 2021 en el “Boletín Oficial del
Estado” (subsanada el 24 de noviembre de 2021) y con fecha 2 de diciembre de 2021 en el

BOCM-20230606-59

Dirección General de Política Energética y Minas