Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230606-55)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 133

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

La línea se proyecta en simple circuito dúplex y consta de 6,4 kilómetros. Las
características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Término municipal afectado: Torre de Alameda, en la Comunidad de Madrid.
— La subestación eléctrica Noguera 220/30 kV está ubicada en Torres de Alameda,
en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aérea de 220 kV tiene como origen la subestación eléctrica
Noguera 220/30 kV y finalizará en la subestación eléctrica San Fernando Renovables 220/30. El primer tramo comprende desde subestación eléctrica Noguera
hasta el apoyo 157 de la L/220kV Noguera-San Fernando Renovables y es coincidente con L/220 KV Atanzón-Ardoz REE220 (tramo AP133-AP157). La línea
se proyecta en doble circuito y consta de 7,6 kilómetros. Las características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Circuito 1 (dúplex): Este circuito discurre desde el pórtico del apoyo 133 de la
L/220kV Atanzón-Ardoz hasta el apoyo 157 de la misma línea.
d Circuito 2 (tríplex): Este circuito discurre desde el pórtico de la ST Noguera
hasta el apoyo 157 de la L/220kV Atanzón-Ardoz.
d Términos municipales afectados: Torres de la Alameda, Loeches, San Fernando
de Henares y Mejorada del Campo, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aérea de 220 kV tiene como origen la subestación eléctrica
Noguera 220/30 kV y finalizará en la subestación eléctrica San Fernando Renovables 400/220. El segundo tramo comprende desde el apoyo 157 de la L/220kV
Noguera-San Fernando Renovables hasta la subestación eléctrica San Fernando renovables. La línea se proyecta en simple circuito tríplex y consta de 4,3 kilómetros.
Las características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Término municipal afectado: San Fernando de Henares, en la Comunidad de
Madrid.
— La subestación eléctrica San Fernando Renovables 400/220 kV está ubicada en
San Fernando de Henares, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aérea de 400 kV tiene como origen la subestación eléctrica San
Fernando Renovables 400/220 y finalizará en la subestación eléctrica San Fernando 400 kV, propiedad de REE. La línea se proyecta en simple circuito dúplex y
consta de 679 metros. Las características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Término municipal afectado: San Fernando de Henares, en la Comunidad de
Madrid.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido de
la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá atenderse al
condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto ambiental y, en
su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuación, siendo
de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, respecto de
las modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Será necesario obtener autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones
propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se
cumplen los supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado Real Decreto.
Por tanto y hasta que se obtenga esta autorización administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaración de impacto ambiental y del trámite de
información pública y consultas, el promotor no podrá iniciar las obras preparatorias de
acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el artículo 131.9

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BOCM-20230606-55

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