D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230606-24)
Convenio – Convenio de 24 de mayo de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Aranjuez, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Casco Antiguo. Fase I” y “Barraca de Federico García Lorca y glorieta Clavel. Fase I” en el municipio de Aranjuez, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 133
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (CID). En caso de incumplimiento del principio
DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el anexo a la
CID y en los apartados 3, 6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar
las cuantías percibidas.
t) El Ayuntamiento de Aranjuez estará obligado a acreditar la titularidad real, a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento
(UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del MRR se
considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro de sus datos en
una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a
los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición del Ayuntamiento de
Aranjuez de entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al
cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, del sistema de información ( CoFFEE), de
todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de
exigencia que el requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de
disponer de un Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) El Ayuntamiento de Aranjuez procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las
ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos
percibidos.
Sexta
Puesta a disposición de los fondos
1. La entrega de los fondos para la constitución de la oficina de rehabilitación tipo
“ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en
el ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente
Convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Aranjuez, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte del Ayuntamiento de Aranjuez.
2. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda se realizará como un anticipo a
cuenta tras la suscripción del presente Convenio.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones 2/1995, de 8 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real De-
BOCM-20230606-24
La entrega de los fondos al Ayuntamiento de Aranjuez se realizará de acuerdo con las reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se han programado en
los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Casco Antiguo. Fase I” y “Barraca de Federico García Lorca y Glorieta del Clavel. Fase I”, en el municipio de Aranjuez:
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 133
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (CID). En caso de incumplimiento del principio
DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el anexo a la
CID y en los apartados 3, 6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar
las cuantías percibidas.
t) El Ayuntamiento de Aranjuez estará obligado a acreditar la titularidad real, a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento
(UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del MRR se
considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro de sus datos en
una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a
los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición del Ayuntamiento de
Aranjuez de entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al
cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, del sistema de información ( CoFFEE), de
todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de
exigencia que el requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de
disponer de un Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) El Ayuntamiento de Aranjuez procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las
ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos
percibidos.
Sexta
Puesta a disposición de los fondos
1. La entrega de los fondos para la constitución de la oficina de rehabilitación tipo
“ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en
el ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente
Convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Aranjuez, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte del Ayuntamiento de Aranjuez.
2. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda se realizará como un anticipo a
cuenta tras la suscripción del presente Convenio.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones 2/1995, de 8 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real De-
BOCM-20230606-24
La entrega de los fondos al Ayuntamiento de Aranjuez se realizará de acuerdo con las reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se han programado en
los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Casco Antiguo. Fase I” y “Barraca de Federico García Lorca y Glorieta del Clavel. Fase I”, en el municipio de Aranjuez: