D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230606-23)
Convenio – Convenio de 22 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, en el que se establece el otorgamiento de una subvención directa de 50.000 euros para el desarrollo de actuaciones de promoción y divulgación en el ámbito de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el año 2023
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BOCM
Pág. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 133
especial trascendencia la situación estratégica de Miraflores de la Sierra como puerta de entrada al Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y paso entre la vertiente sur de la Sierra y el Valle del Lozoya. Además, el propio término municipal de Miraflores de la Sierra
se encuentra en el núcleo de la RBCAMLG.
Aunque el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama es un enclave abierto que recorre toda la parte central de la Sierra de Madrid, el relieve geográfico y la red de carreteras existente permiten identificar 5 zonas de llegada principales de los visitantes al espacio
natural, que pueden denominarse 5 puertas del Parque Nacional:
El Puerto de Navacerrada (Cercedilla-Navacerrada).
El Valle de la Fuenfría (Cercedilla).
La Pedriza (Manzanares el Real).
El Valle del Lozoya (Lozoyuela-Buitrago de Lozoya).
Los puertos de Canencia y La Morcuera (Miraflores de la Sierra).
En las cuatro primeras puertas del Parque Nacional que se citan, la Comunidad de
Madrid dispone de infraestructuras y centros dónde se llevan a cabo actividades de educación ambiental y gestión y atención del visitantes y uso público. Así, en el Valle de la Fuenfría hay un Centro de Visitantes del Parque Nacional y un servicio de control de tráfico para
limitar el acceso; en el entorno del Puerto de Navacerrada y Cotos hay una oficina del Parque Nacional para recepción e información a visitantes, hay una cuadrilla de trabajadores
que atienden los aparcamientos y las incidencias que se produzcan y en la entrada del valle
de la Barranca hay asimismo un control de barrera de acceso de vehículos; en la Pedriza se
encuentra el principal Centro de Educación Ambiental del Parque Nacional, que hace las
veces también de centro de atención a visitantes y además hay una presencia constante de
personal que controla el acceso a los aparcamientos de Cantocochino. En este lugar igualmente hay dos casas forestales del Parque Nacional que sirven de centro de atención e información; finalmente, en el Valle del Lozoya está el Centro de Educación Ambiental de
El Cuadrón, a la entrada del Valle, y más adelante en Rascafría hay una oficina de atención
al público del Parque Nacional en el Puente del Perdón. En Oteruelo además se encuentra
la oficina administrativa de atención a la población local del Parque Nacional.
En la entrada al Parque Nacional por los puertos de Morcuera y Canencia, sin embargo, no existe ningún servicio de la DG de Biodiversidad-Parque Nacional que cumpla las
funciones de información y recepción de visitantes y de promoción y educación ambiental
ligada tanto al Parque Nacional como a la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de
los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama.
La situación geográfica de Miraflores de la Sierra, localidad desde donde arrancan los
dos puertos mencionados, determina que un alto porcentaje de los usuarios del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de
los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama pasen por este pueblo, y esto justifica el desarrollo de la labor de promoción y divulgación ambiental necesaria para conseguir que los
visitantes de estos espacios naturales tomen conciencia de los valores a preservar, de la historia y patrimonio natural y cultural de los espacios protegidos de mayor valor natural de la
Comunidad de Madrid y de las normas que es necesario respetar durante la visita.
Estas son por tanto unas condiciones excepcionales que justifican que este Convenio
se haga precisamente con el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, y no con otros de la
zona que, o bien tienen una situación geográfica alejada de los puntos principales de entrada al Parque Nacional, o bien cuentan ya con instalaciones y servicios de la Comunidad de
Madrid dirigidos a los visitantes de estos espacios protegidos.
11. Que en todo caso, las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Miraflores de
la Sierra se desarrollan dentro del marco de las competencias propias que la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su Capítulo III, Artículo 25.1, que establece que el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, y Artículo 25.2 que
dice expresamente que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en
los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, las siguientes
materias: h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local y m)
Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
En este sentido, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece asimismo en su artículo 8.1 que los Municipios, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de activi-
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especial trascendencia la situación estratégica de Miraflores de la Sierra como puerta de entrada al Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y paso entre la vertiente sur de la Sierra y el Valle del Lozoya. Además, el propio término municipal de Miraflores de la Sierra
se encuentra en el núcleo de la RBCAMLG.
Aunque el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama es un enclave abierto que recorre toda la parte central de la Sierra de Madrid, el relieve geográfico y la red de carreteras existente permiten identificar 5 zonas de llegada principales de los visitantes al espacio
natural, que pueden denominarse 5 puertas del Parque Nacional:
El Puerto de Navacerrada (Cercedilla-Navacerrada).
El Valle de la Fuenfría (Cercedilla).
La Pedriza (Manzanares el Real).
El Valle del Lozoya (Lozoyuela-Buitrago de Lozoya).
Los puertos de Canencia y La Morcuera (Miraflores de la Sierra).
En las cuatro primeras puertas del Parque Nacional que se citan, la Comunidad de
Madrid dispone de infraestructuras y centros dónde se llevan a cabo actividades de educación ambiental y gestión y atención del visitantes y uso público. Así, en el Valle de la Fuenfría hay un Centro de Visitantes del Parque Nacional y un servicio de control de tráfico para
limitar el acceso; en el entorno del Puerto de Navacerrada y Cotos hay una oficina del Parque Nacional para recepción e información a visitantes, hay una cuadrilla de trabajadores
que atienden los aparcamientos y las incidencias que se produzcan y en la entrada del valle
de la Barranca hay asimismo un control de barrera de acceso de vehículos; en la Pedriza se
encuentra el principal Centro de Educación Ambiental del Parque Nacional, que hace las
veces también de centro de atención a visitantes y además hay una presencia constante de
personal que controla el acceso a los aparcamientos de Cantocochino. En este lugar igualmente hay dos casas forestales del Parque Nacional que sirven de centro de atención e información; finalmente, en el Valle del Lozoya está el Centro de Educación Ambiental de
El Cuadrón, a la entrada del Valle, y más adelante en Rascafría hay una oficina de atención
al público del Parque Nacional en el Puente del Perdón. En Oteruelo además se encuentra
la oficina administrativa de atención a la población local del Parque Nacional.
En la entrada al Parque Nacional por los puertos de Morcuera y Canencia, sin embargo, no existe ningún servicio de la DG de Biodiversidad-Parque Nacional que cumpla las
funciones de información y recepción de visitantes y de promoción y educación ambiental
ligada tanto al Parque Nacional como a la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de
los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama.
La situación geográfica de Miraflores de la Sierra, localidad desde donde arrancan los
dos puertos mencionados, determina que un alto porcentaje de los usuarios del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de
los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama pasen por este pueblo, y esto justifica el desarrollo de la labor de promoción y divulgación ambiental necesaria para conseguir que los
visitantes de estos espacios naturales tomen conciencia de los valores a preservar, de la historia y patrimonio natural y cultural de los espacios protegidos de mayor valor natural de la
Comunidad de Madrid y de las normas que es necesario respetar durante la visita.
Estas son por tanto unas condiciones excepcionales que justifican que este Convenio
se haga precisamente con el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, y no con otros de la
zona que, o bien tienen una situación geográfica alejada de los puntos principales de entrada al Parque Nacional, o bien cuentan ya con instalaciones y servicios de la Comunidad de
Madrid dirigidos a los visitantes de estos espacios protegidos.
11. Que en todo caso, las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Miraflores de
la Sierra se desarrollan dentro del marco de las competencias propias que la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su Capítulo III, Artículo 25.1, que establece que el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, y Artículo 25.2 que
dice expresamente que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en
los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, las siguientes
materias: h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local y m)
Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
En este sentido, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece asimismo en su artículo 8.1 que los Municipios, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de activi-
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