Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20230606-39)
Área Funcional de Industria y Energía. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 133

f) Presupuesto de ejecución material total del proyecto: 26.002.150,14 euros.
g) Términos municipales afectados: Arganda del Rey y Loeches (Madrid).
h) Características generales del proyecto: una vez analizada la resolución de Autorización Administrativa Previa (AAP) y Declaración de Impacto Ambiental (DIA),
se han producido las siguientes modificaciones en las infraestructuras que se describen a continuación:
— FV Varadero Solar: Planta Solar de 55,49 MWp, 47,71 MW de potencia instalados y una potencia nominal concedida en el punto de conexión de 42,7 MWn.
La planta se ubica en el término municipal de Arganda del Rey y parte del tramo de la línea de evacuación se ubica en el Término Municipal de Loeches,
en la Comunidad Autónoma de Madrid.
Se compone de un total de 115.596 módulos fotovoltaicos de 480 Wp con tecnología Mono-PERC.
Debido a la modificación el proyecto pasa de 1.482 seguidores de tres strings a
un eje E-O con configuración 2V × 39 (2 módulos en vertical y 39 en serie)
a 1.146 de tres strings, 165 de dos strings y 678 de un string, lo que hace un
total de 1.989 seguidores.
Se instalan 13 inversores centrales de 3,67 MVA a 50º C. Los inversores centrales se conectarán a 7 centros de transformación, 6 Twin Skid de 7,6 MVA
y Simple Skid de 3,8 MVA.
La superficie total prevista a ocupar por la instalación, tras la modificación,
pasará de 160,04 ha a 96,76 ha.
La evacuación de la energía se realizará mediante cable de media tensión
de 30 kV de secciones de 95-300 mm2 y aislamiento XLPE. Los circuitos subterráneos se conectarán a la SET NIMBO 30/220/400 kV, posteriormente mediante una LAAT de 400 kV, se conectará a la SET de Loeches perteneciente a REE. Tanto la red de transporte como la subestación NIMBO son objeto
de otro expediente administrativo.
Para la construcción del parque se realizarán trabajos de Obra Civil (movimientos de tierra, desbroces, zanjas, viales, cimentaciones, vallados, etc.), trabajos mecánicos (hincado y montaje de estructura y paneles) y trabajos eléctricos (tendido y conexionado de cables).
Las infraestructuras de evacuación siguientes hasta el punto de vertido a la red
son objeto de otros expedientes administrativos, tramitados por el Área Funcional de Industria y Energía en Madrid:
• La subestación elevadora SET NIMBO 30/220/400 kV, donde se conectan
las plantas FV Gallocanta Solar, Sanabria Solar y Varadero Solar. Se tramita dentro del expediente PFOT-172 AC.
• La LAAT 400 kV desde la SET NIMBO hasta la SET de Loeches se tramita en el expediente PFOT-172 AC.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, el proyecto planta solar fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Arganda del Rey y Loeches (Madrid), al
referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de
Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo 56 de la
Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios y
demás titulares afectados por la actuación proyectada, cuya relación se inserta al final de este
anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre
los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos y puedan aportar por escrito los datos y documentos oportunos para subsanar posibles omisiones y errores en la relación indicada.

BOCM-20230606-39

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