Robledillo de la Jara (BOCM-20230605-99)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 132

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
99

ROBLEDILLO DE LA JARA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20230605-99

El Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el 23 de mayo de 2023, acordó la
aprobación del calendario fiscal del ejercicio 2023, en los siguientes términos:
Los padrones y listas cobratorias de los tributos locales IBI, IVTM y BICES, referidos
todos ellos al ejercicio de 2023, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos
que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de
que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o
reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas
en los mismos, podrá interponerse recurso previo de reposición ante la alcaldía-presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de
exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de
los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto IBI, IVTM
y BICES correspondiente al año 2023, en:
— Localidad: Robledillo de la Jara.
— Entidad Financiera: Caixabank.
— Plazo de ingreso voluntario: Del 1 de julio al 31 de agosto de 2023.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el
aviso en las oficinas de la siguiente entidad: Caixabank.
El cargo en el banco de los recibos domiciliados será el día 31 de agosto de 2023.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el
período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así
como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Robledillo de la Jara, a 24 de mayo de 2023.—El secretario-interventor, Enrique Saturnino Flores Fernández.
(01/9.003/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791