C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230605-24)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio para el año 2023
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
Pág. 71
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, se consideran costes financiables los costes salariales (salario, Seguridad Social de la empresa) generados por la persona contratada durante la duración de la ayuda. Además, se financiará la indemnización
por fin de contrato que asciende al coste de 20 días por año de contrato.
El número de contratos a subvencionar será de 152 ayudas para la realización de contratos para ayudantes de investigación y de 78 ayudas para la realización de contratos para
técnicos de laboratorio.
Quinto
Criterios de evaluación
Los criterios que se tendrán en cuenta para la evaluación y selección de las ayudas para
los puestos de trabajo propuestos serán los siguientes:
1. Actividades de formación y capacitación propuestas (20 puntos).
2. Calidad de la propuesta de trabajo (20 puntos).
3. Interés del puesto de trabajo propuesto (20 puntos).
4. Medios materiales, económicos y recursos humanos disponibles (20 puntos).
5. Medidas de seguimiento y control (20 puntos).
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 19 de mayo de 2023.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20230605-24
(03/9.156/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
Pág. 71
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, se consideran costes financiables los costes salariales (salario, Seguridad Social de la empresa) generados por la persona contratada durante la duración de la ayuda. Además, se financiará la indemnización
por fin de contrato que asciende al coste de 20 días por año de contrato.
El número de contratos a subvencionar será de 152 ayudas para la realización de contratos para ayudantes de investigación y de 78 ayudas para la realización de contratos para
técnicos de laboratorio.
Quinto
Criterios de evaluación
Los criterios que se tendrán en cuenta para la evaluación y selección de las ayudas para
los puestos de trabajo propuestos serán los siguientes:
1. Actividades de formación y capacitación propuestas (20 puntos).
2. Calidad de la propuesta de trabajo (20 puntos).
3. Interés del puesto de trabajo propuesto (20 puntos).
4. Medios materiales, económicos y recursos humanos disponibles (20 puntos).
5. Medidas de seguimiento y control (20 puntos).
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 19 de mayo de 2023.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20230605-24
(03/9.156/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791