Leganés (BOCM-20230601-71)
Personal. Catálogo de funciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 1 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 129
CATÁLOGO NÚMERO 145. VICEINTERVENTOR
Bajo la dependencia jerárquica del titular de la Intervención, desarrolla las siguientes tareas:
1. Colaboración inmediata y auxilio al puesto de trabajo de interventor/a.
2. La sustitución del interventor/a en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o
abstención legal o reglamentaria.
3. Las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera
y presupuestaria respecto de Juntas, Entidades, Organos desconcentrados o Servicios especializados dependientes de la Corporación que disponga de Sección Presupuestaria propia, que
le sean encomendadas por la Corporación a propuesta del titular de la Intervención y actuando como delegado de éste.
4. Desempeñar las funciones de jefatura o coordinación de las unidades jurídicas y
administrativas que la Corporación decida encomendarle.
5. Planificar, organizar, dirigir y supervisar los trabajos a realizar en la Viceintervención. Llevar a cabo el control de personal, horarios, permisos, bajas, puntualidad, rendimiento, comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
6. Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
7. Colaborar en la formación del personal afectado en aquellos proyectos o actuaciones de su competencia que tienen interés para el conjunto de la organización municipal.
8. Colaborar en el entrenamiento y la formación del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad.
CATÁLOGO NÚMERO 125. TITULAR DE LA OFICINA DE APOYO
A LA JUNTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
Bajo la dependencia jerárquica del alcalde-presidente.
1. La asistencia al concejal/a secretario/a de la Junta de Gobierno Local en el ejercicio de sus funciones, la remisión de las convocatorias a los miembros de la Junta de Gobierno Local y velar por la correcta comunicación de sus acuerdos. El archivo y custodia de las
convocatorias y actas de las sesiones en el formato que se realicen.
2. Transcribir en el Libro de Decretos y Resoluciones, cualquiera que sea su soporte,
las dictadas por la Presidencia, por los miembros de la Corporación que resuelven por delegación de la misma, así como las de cualquier otro órgano con competencias resolutorias.
Notificar las Resoluciones y Decretos en la forma establecida en la normativa aplicable.
3. El ejercicio de fe pública de los actos y acuerdos de los órganos unipersonales y
las demás funciones de fe pública, salvo aquellas que estén atribuidas al titular de la Secretaría del Pleno o al concejal/a secretario/a de la Junta de Gobierno Local.
4. Registro Electrónico General.
5. Remisión a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma copia, o en
su caso, extracto de los actos y acuerdos en la forma legalmente estipulados.
6. La emisión de informes previos, en las materias de su competencia, siempre que
un precepto legal o reglamentario así lo establezca.
7. Registro de convenios.
8. Desempeñar las funciones de jefatura o coordinación en la unidad administrativa
de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
9. Planificar, organizar, dirigir y supervisar los trabajos a realizar en la Oficina de
Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Llevar a cabo el control de personal, horarios, permisos, bajas, comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
10. Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad.
CATÁLOGO NÚMERO 163. JEFE DE ASESORÍA JURÍDICA
Bajo la dependencia orgánica de la Alcaldía, o titular de órgano superior en quien esta
delegue, desempeña las siguientes funciones.
1. Asistencia jurídica al alcalde, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos, en los términos previstos en el artículo 129 de la LRBRL y del vigente Reglamento
Orgánico municipal, comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del Ayuntamiento.
2. Coordinar las labores de representación y defensa en juicio del Ayuntamiento,
bien por sí mismo o a través de los letrados consistoriales.
BOCM-20230601-71
Pág. 348
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 129
CATÁLOGO NÚMERO 145. VICEINTERVENTOR
Bajo la dependencia jerárquica del titular de la Intervención, desarrolla las siguientes tareas:
1. Colaboración inmediata y auxilio al puesto de trabajo de interventor/a.
2. La sustitución del interventor/a en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o
abstención legal o reglamentaria.
3. Las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera
y presupuestaria respecto de Juntas, Entidades, Organos desconcentrados o Servicios especializados dependientes de la Corporación que disponga de Sección Presupuestaria propia, que
le sean encomendadas por la Corporación a propuesta del titular de la Intervención y actuando como delegado de éste.
4. Desempeñar las funciones de jefatura o coordinación de las unidades jurídicas y
administrativas que la Corporación decida encomendarle.
5. Planificar, organizar, dirigir y supervisar los trabajos a realizar en la Viceintervención. Llevar a cabo el control de personal, horarios, permisos, bajas, puntualidad, rendimiento, comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
6. Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
7. Colaborar en la formación del personal afectado en aquellos proyectos o actuaciones de su competencia que tienen interés para el conjunto de la organización municipal.
8. Colaborar en el entrenamiento y la formación del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad.
CATÁLOGO NÚMERO 125. TITULAR DE LA OFICINA DE APOYO
A LA JUNTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
Bajo la dependencia jerárquica del alcalde-presidente.
1. La asistencia al concejal/a secretario/a de la Junta de Gobierno Local en el ejercicio de sus funciones, la remisión de las convocatorias a los miembros de la Junta de Gobierno Local y velar por la correcta comunicación de sus acuerdos. El archivo y custodia de las
convocatorias y actas de las sesiones en el formato que se realicen.
2. Transcribir en el Libro de Decretos y Resoluciones, cualquiera que sea su soporte,
las dictadas por la Presidencia, por los miembros de la Corporación que resuelven por delegación de la misma, así como las de cualquier otro órgano con competencias resolutorias.
Notificar las Resoluciones y Decretos en la forma establecida en la normativa aplicable.
3. El ejercicio de fe pública de los actos y acuerdos de los órganos unipersonales y
las demás funciones de fe pública, salvo aquellas que estén atribuidas al titular de la Secretaría del Pleno o al concejal/a secretario/a de la Junta de Gobierno Local.
4. Registro Electrónico General.
5. Remisión a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma copia, o en
su caso, extracto de los actos y acuerdos en la forma legalmente estipulados.
6. La emisión de informes previos, en las materias de su competencia, siempre que
un precepto legal o reglamentario así lo establezca.
7. Registro de convenios.
8. Desempeñar las funciones de jefatura o coordinación en la unidad administrativa
de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
9. Planificar, organizar, dirigir y supervisar los trabajos a realizar en la Oficina de
Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Llevar a cabo el control de personal, horarios, permisos, bajas, comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
10. Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad.
CATÁLOGO NÚMERO 163. JEFE DE ASESORÍA JURÍDICA
Bajo la dependencia orgánica de la Alcaldía, o titular de órgano superior en quien esta
delegue, desempeña las siguientes funciones.
1. Asistencia jurídica al alcalde, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos, en los términos previstos en el artículo 129 de la LRBRL y del vigente Reglamento
Orgánico municipal, comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del Ayuntamiento.
2. Coordinar las labores de representación y defensa en juicio del Ayuntamiento,
bien por sí mismo o a través de los letrados consistoriales.
BOCM-20230601-71
Pág. 348
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID