Madrid (BOCM-20230531-65)
Régimen económico. Distrito de Fuencarral. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 128

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Fuencarral-El Pardo
Extracto del Decreto 23 de mayo de 2023, del concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo para la anualidad 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
BDNS (Identif.): 697810
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Fuencarral-El Pardo y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013
(OBRGS), modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.
Segundo. Objeto.—Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del
asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando gastos de mantenimiento se sedes sociales u otros espacios en
los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler, gastos de funcionamiento y/o gastos para la adquisición de mobiliario y equipamiento necesario
para el correcto funcionamiento de la entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de
octubre de 2013, publicada en www.madrid.es , modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de
mayo de 2017.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 70.000
euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 65.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 5.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de 15
días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.

BOCM-20230531-65

• Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 5.000 euros.